Nuevo Reglamento de Mercados en Pachuca: conoce los lineamientos y multas

También se establecen horarios de apertura y cierre, prohíbe el trabajo de niños y adolescentes

Reloj monumental de Pachuca. (Jorge Sánchez)
Alejandro Reyes
Pachuca /

Tras argumentar una antigüedad de 20 años del reglamento anterior que evidencia, según el Ayuntamiento, una incongruencia entre las normas y la realidad cambiante de la sociedad, la Presidencia Municipal de Pachuca publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) el nuevo Reglamento de Mercados, el cual establece horarios de apertura y cierre, prohíbe el trabajo de niños y adolescentes y fija las sanciones que van de los cinco mil 187 pesos a los 103 mil 740 pesos así como a cancelación del permiso.

Así está prohibido a quienes ejercen el comercio en los mercados públicos contratar o emplear a niños, niñas y adolescentes para el ejercicio o auxilio de actividades comerciales; adquirir, comercializar, trasladar u ocultar objetos o bienes, provenientes de hechos ilícitos; así como vender o tener en posesión y almacenamiento, materiales inflamables o explosivos.

También está prohibido realizar sus labores o prestar sus servicios en visible estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas o enervantes; utilizar los locales como dormitorio o vivienda; y arrojar desechos a los drenajes, alcantarillas o la vía pública.

Corresponde a la Dirección de Mercados, Comercio y Abasto imponer indistintamente a los permisionarios en los mercados que violen el nuevo Reglamento, una o más de las siguientes sanciones: amonestación; multa equivalente al importe de 50 a 1000 unidades de medida y actualización, es decir, de cinco mil 187 pesos a los 103 mil 740 pesos; clausura temporal del negocio de tres a 45 días; y clausura definitiva y cancelación del permiso.

Asimismo, el funcionamiento de los mercados se sujetará al siguiente horario: de 6:00 a 8:00 horas para su instalación, carga y descarga; de 8:00 a 19:00 horas para ejercer su actividad comercial; de 19:00 a 20:00 horas para limpieza de la zona. Las multas deberán cubrirse dentro de los 5 días hábiles siguientes.

De igual modo, se procederá a ordenar la clausura definitiva del local, plancha o puesto, cuando el comerciante opere en cualquier mercado municipal, sin contar con el permiso emitido por la Dirección. La clausura definitiva de un establecimiento comercial trae aparejado retiro del puesto o desocupación inmediata de la plancha o local.

De acuerdo con el nuevo Reglamento corresponde a la Secretaría de Servicios Públicos Municipales a través de la Dirección de Mercados, Comercio y Abasto, la aplicación del ordenamiento así como la regulación del comercio en los Mercados dentro del Municipio de Pachuca de Soto.

La expedición de permisos para ejercer el comercio en el interior de los mercados, corresponde al municipio por conducto de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales a través de la Dirección de Mercados, Comercio y Abasto.

Para su mejor funcionamiento, los mercados estarán compuestos por: área húmeda: fruta, verdura, legumbres y todo tipo de carnes frescas; área seca: semillas, chiles, abarrotes en general, ropa y electrodomésticos; área de alimentos preparados; área de tianguis; área de carga y descarga; baños; y en su caso estacionamiento.

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