Consejería Jurídica de Presidencia impugnará suspensión del 'Plan B'

Destacó que "el Ejecutivo federal no permitirá que se violente la Constitución ni el orden jurídico mexicano”.

Suman 81 impugnaciones admitidas por ministro de SCJN contra primera parte de 'Plan B' electoral
Lliliana Padilla
Ciudad de México /

La Consejería Jurídica de la Presidencia impugnará la decisión del ministro Javier Laynez Potisek que admitió a trámite y suspendió la aplicación del Plan B de reforma electoral, al señalar que “el Ejecutivo federal no permitirá que se violente la Constitución ni el orden jurídico mexicano”.

Por ello, solicitará al pleno de la SCJN revocar el acuerdo que admite a trámite dicha controversia, así como la medida suspensiva, al resultar contrarias a los principios fundamentales del Estado de derecho que nos rige, pues resulta preocupante que el ministro instructor desconozca las reglas del procedimiento que regula las controversias constitucionales, lo que desnaturaliza este medio de control constitucional que busca alcanzar un equilibrio sano entre los Poderes de la Unión.


Advirtió que “la Constitución solo faculta a la Suprema Corte de Justicia para conocer de las controversias donde se cuestione la regularidad constitucional de las normas generales, actos u omisiones, con excepción de las que se refieran a la materia electoral; esto es, existe una restricción constitucional expresa para que no se discutan las reglas electorales entre los órganos del Estado, pues no es función del árbitro electoral cuestionar las normas jurídicas que el Poder Legislativo tuvo a bien expedir”.

Apuntó que conforme a los criterios de la propia SCJN, las medidas cautelares de esta naturaleza solo pueden otorgarse, en todo caso, respecto de actos eminentes e inmediatos, pero nunca con relación a actos futuros e inciertos.

Por ello, agregó que “resulta preocupante que el ministro Laynez Potisek suspenda la aplicación de la totalidad del decreto controvertido cuando el INE no lo solicitó así, pues, incluso, no impugnó la totalidad de las normas modificadas, sino sólo aquellas que considera pueden afectar la operatividad del instituto. 


Asimismo, es falso que se pongan en riesgo los derechos fundamentales de la ciudadanía, así como la organización de las elecciones, ya que no existe ningún proceso electoral federal en curso, por lo que se trata de una resolución injustificada e innecesaria”.

La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República dejó en claro que “el Estado de derecho jamás ha estado amenazado con la aprobación de las reformas a las leyes electorales y, por el contrario, con su aprobación se garantiza el ejercicio eficiente de los recursos públicos para consolidar nuestro régimen democrático a un menor costo para los contribuyentes”.

En ese sentido, advirtió que la Constitución no permite que haya controversias en materia electoral y menos aun, “que un solo juez constitucional dejara sin efectos la totalidad de una ley electoral aprobada legítimamente por el Poder Legislativo y ordenara revivir las disposiciones derogadas, lo cual sólo puede determinarse, en su caso, mediante una sentencia definitiva aprobada por al menos ocho ministros”.

En un comunicado, la Consejería Jurídica de la Presidencia sostuvo que en contra de lo que prevé expresamente la norma fundamental, el ministro Javier Laynez Potisek, decidió admitir a trámite la controversia constitucional presentada por el INE conceder una suspensión total para que no surta efectos el decreto expedido por el Congreso de la Unión que modifica diversas leyes en materia electoral, cuyo objeto es reducir los costos burocráticos de las elecciones y afianzar los principios democráticos para que los derechos político-electorales de la ciudadanía sean verdaderamente respetados y no ocurran más fraudes, como en el pasado. 

“El pueblo de México debe saber que no es común que, en viernes por la noche y sin notificar formalmente a las autoridades, la Corte anuncie públicamente una determinación tan relevante”.

Se explicó que se trata de régimen de excepción que modifica los precedentes jurisprudenciales en la materia y anula por completo la presunción de validez constitucional que toda norma general posee, ya que la ley constituye la expresión de la voluntad popular a través de sus representantes electos democráticamente. 

La Consejería Jurídica destacó que resulta fundamental que los ministros que integran la SCJN “actúen dentro de las atribuciones que le corresponden, sin traspasar los límites que le impone la Constitución y las leyes”.

De esta manera, se garantiza el orden constitucional y democrático, además de proteger los derechos y libertades de todas las personas frente a la arbitrariedad de una autoridad judicial que actúa en contra de las leyes que rigen su actuación.

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