Con 25 votos a favor los diputados locales aprobaron la reforma al artículo 11 de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación en el estado de Hidalgo, con lo que se incluyeron los tatuajes y perforaciones corporales dentro del artículo que define la discriminación.
Así el artículo 11 señala ahora que la discriminación es toda conducta activa u omisiva que en forma de preferencia, distinción, exclusión, repudio, desprecio, rechazo o restricción, dirigida a una persona o grupo, basada en su origen o identidad indígena o nacional, sexo o género, edad, discapacidad, condición social o económica, condición de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencia sexual, estado civil, identidad política, apariencia física, forma de vestir, actuar, gesticular, por tener tatuajes o perforaciones corporales, características genéticas, situación migratoria o cualquier otra que tenga por efecto negar, obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y libertades, en condiciones de equidad e igualdad.
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Los diputados locales subrayaron que es importante realizar acciones en pro de la igualdad y garantía de los derechos de las y los ciudadanos tatuados o con perforaciones para que puedan gozar del libre acceso a oportunidades de trabajo, así como a los espacios de participación comunitaria para que puedan generar proyectos de vida, propuestas ciudadanas y comunitarias desde su perspectiva y conocimiento.
“Debemos estar conscientes que el uso de tatuajes o perforaciones no debe influir en la decisión de contratar o no a una persona para que ocupe un espacio laboral, pues su desempeño no depende de si porta o no un tatuaje o una perforación, su desempeño debe ser valorado a partir de su capacidad, eficacia, eficiencia y compromiso laboral, al desarrollar las diferentes actividades que se le encomiendan”, dijeron.
Agregaron que la ciudadanía debe saber que el estado está garantizado el derecho al trabajo y que, el traer algún tatuaje o perforación, no es causa para no ser contratado, “por el contrario es un acto de discriminación teniendo el derecho de levantar una denuncia por discriminación y la autoridad deberá obligarse a realizar la investigación correspondiente para evitar que se siga cometiendo este tipo de actos de discriminación”.
Mencionaron que Jalisco, Aguascalientes y Cuidad de México ya contemplan como acto de discriminación toda conducta activa u omisiva que en forma de preferencia, distinción, exclusión, repudio, desprecio, rechazo o restricción dirigida a una persona o grupo por tener tatuajes y perforaciones corporales.
Señalaron que datos de la Secretaría de Salud revelan que a nivel nacional cada año se tatúan más de 30 mil jóvenes y que lo que antes se consideraba tabú ahora es visible en cualquier localidad.
Refirieron que en términos globales se estima que en México una de cada diez personas tiene al menos un tatuaje y, en general, la cifra total de quienes han decidido marcar su cuerpo podría llegar a 12 millones de personas.