El magistrado del Tribunal Electoral, Luis Espíndola Morales, lanzó un llamado a los funcionarios y gobiernos federal, estatales y municipales para que no incurran en propaganda gubernamental durante el proceso de consulta popular; así como a los partidos políticos, militantes y simpatizantes de cualquier fuerza política, para que no olviden que tienen prohibido contratar propaganda para influir en la participación o en el sentido del voto de la ciudadanía.
Durante la sesión de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Espíndola recordó las restricciones y obligaciones constitucionales a las que deben someterse todos los actores políticos, para evitar incurrir en violaciones durante el periodo de veda por la consulta popular que se realizará el próximo 1 de agosto.
Destacó que, como en las campañas electorales, este primer ejercicio democrático de participación ciudadana cuenta con lineamientos que se deben respetar o de lo contrario, constituirán infracciones y delitos en materia electoral.
“Un atento llamado a todas las autoridades de todos los órdenes de gobierno, que está prohibida la difusión de propaganda gubernamental desde la convocatoria del 15 de julio y hasta el 1 de agosto, tanto estatal como municipal y federal. Un atento llamado de mi parte, lo hago de manera individual, a todos los órdenes de gobierno a respetar el 35 constitucional y el 134 en relación a al prohibición de difundir propaganda gubernamental e influir en la decisión que deba tomar la ciudadanía en el proceso de consulta popular que está por llevarse a cabo”, expuso.
Recordó que las únicas excepciones del 15 de julio al 1 de agosto, tiempo de difusión de la consulta popular, son las mismas que en los procesos electorales: únicamente casos de educación pública, salud y protección civil para emergencias.
El magistrado además, fue enfático al recordar que únicamente el Instituto Nacional Electoral está facultado legal y constitucionalmente para hacer la promoción de la consulta popular.
“También un atento llamado en relación con la prohibición del 35 constitucional de que ninguna persona física o moral, sea a cuenta propia o por medio de terceros podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la decisión de los ciudadanos sobre las consultas populares”.
El posicionamiento del magistrado se dio mientras emitían amonestaciones y medidas de no repetición en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador, su vocero Jesús Ramírez y el director de Cepropie tras haber violado la veda electoral, por lo que señaló que “estos criterios que estamos sosteniendo y que vienen muy de la mano con lo resuelto con la Sala Superior y que ha seguido esta Sala Especializada no tiene que ver solamente con los procesos electorales sino también con la consulta popular y la revocación de mandato del próximo año, así como con los procesos electorales venideros tanto locales como federales”.
Por lo que insistió en la importancia de que los actores políticos tengan conciencia sobre lo que implica violar la veda de la consulta popular, que tiene la misma relevancia que una elección.
JLMR