Los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) celebraron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) haya admitido la controversia constitucional —y otorgado la suspensión provisional— contra el acuerdo presidencial que blinda las obras del gobierno federal por motivos de “seguridad nacional” y aseguraron que la Corte comienza dándole la razón al Instituto.
En conferencia de prensa, la comisionada presidenta, Blanca Lilia Ibarra, aseguró que la suspensión otorgada por un ministro de la Corte para que el acuerdo presidencial no surta efecto para invocar la reserva sobre la información de las obras públicas, es un paso importante en materia de transparencia y acceso a la información.
“El que la Suprema Corte haya concedido esta suspensión a la controversia constitucional, sin duda, es una señal alentadora que nos permite seguir trabajando para defender a los ciudadanos que tienen pocos mecanismos de defensa”, dijo Ibarra.
Aseguró que el INAI ha mantenido siempre una posición congruente y consistente con una vocación de máxima publicidad que otorga la Constitución Política “y esta determinación de la Corte le da la razón al INAI en términos de evitar que se clasifique a priori información que debe de ser pública por su propia naturaleza”.
El comisionado Francisco Javier Acuña aseguró que la primera decisión de la Corte en este tema “es una saludable señal para la República”.
“Sabíamos que iba a ocurrir, teníamos certeza, la suspensión parcial, porque se ciñe al campo competencial del INAI, que es evitar un aluvión o cascada de posibles o probables reservas anticipadas, porque además el acuerdo establece que no sólo son las obras emblemáticas que todos traemos en la cabeza, sino incluso aquellas que puedan considerarse como prioritarias o estratégicas y no es sólo sobre la información que ya existe, sino toda la que se vaya generando de aquí a que se concluyan”, explicó.
La comisionada Josefina Román precisó que la suspensión otorgada por la Corte significa que, hasta que se resuelva el fondo del asunto, este acuerdo “no va a ser utilizado por ninguno de los sujetos obligados federales para reservar la información por seguridad nacional o interés público, salvo que se lleve a cabo el procedimiento que establece la Constitución, la Ley General de Transparencia y la Ley Federal de Transparencia”.
La comisionada Julieta Del Río afirmó que la suspensión evita que ninguna dependencia federal “vaya a darle cosquillas reservar la información; eso era lo que queríamos prever, que no se fuera a una calificación errónea derivado de este acuerdo”.
El comisionado Óscar Guerra Ford consideró que “queda clarísimo para todos, ya no hay incertidumbre, ni para el Ejecutivo, ni para el INAI, ni para sujetos obligados, que este decreto no podrá ser utilizado para reservar”.
Asimismo, el comisionado Adrian Alcalá aseguró que el recurso presentado ante la Corte fue sólo una acción permitida en una democracia.
“En una democracia este tipo de mecanismos existen y están para utilizarlos. Obviamente no significa una afrenta, sencillamente hicimos valer lo que la Constitución nos establece y el INAI refrenda su compromiso con su independencia, autonomía e imparcialidad que la da la Constitución”, dijo.
LP