Corte declara constitucional que reparto de utilidades tenga límite de tres meses

El monto no será absoluto, podrá variar en cuanto a categoría, plaza, cargo, nivel o puesto del trabajador durante los últimos tres años.

Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). | Foto: Archivo.
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que es constitucional que el monto de la participación de utilidades tenga como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de las participaciones recibidas en los últimos tres años.

Por unanimidad, los ministros avalaron el proyecto de sentencia que presentó el ministro Alberto Pérez Dayán, donde se establece que el monto debe ser entregado, según le resulte más favorable al trabajador.

Lo anterior se apega al artículo 127, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo, reformado en el Decreto publicado el 23 de abril de 2021 que reguló la figura de la subcontratación laboral, y la Guía para Cumplir con las Obligaciones en Materia de Reparto de Utilidades, expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Las ministras Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa, y los ministros Javier Laynez Potisek y Luis María Aguilar Morales, apoyaron el proyecto de Pérez Dayán.

La Sala señaló que en esta materia el Congreso de la Unión cuenta con facultades para legislar en materia de trabajo y emitir disposiciones concernientes al reparto de utilidades, como la que fue impugnada.

Y en cuanto al tope de tres meses de salario, se destacó que este límite no es absoluto, ya que admite la posibilidad de que se tome en cuenta el promedio de la cantidad entregada a la categoría, plaza, cargo, nivel o puesto del trabajador durante los últimos tres años.

Asimismo, se favorecerá la mejor opción para el empleado, sin que tampoco ello afecte de manera retroactiva los derechos de los trabajadores, pues la Constitución Federal no prevé un límite mínimo para tales efectos, de modo que esa variable siempre pueda ser modificada.


ksh

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