Corte: inconstitucional, ley que prohíbe venta de cigarros electrónicos

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo al empresario José Armando Contreras, quien impugnó el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco.

Ciudad de México /

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la ley que emitió el gobierno federal y que prohíbe la venta de cigarros electrónicos en el país.

Por unanimidad, la Sala concedió un amparo al empresario José Armando Contreras Neri, quien impugnó el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco.

El empresario fue multado con 62 mil pesos por la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios por vender cigarros electrónicos.

Contreras promovió un juicio de Amparo contra la sanción que se le impuso, alegando que el mencionado artículo era inconstitucional, el cual prohíbe la venta de productos relacionados con el tabaco, que guarden semejanzas con los cigarrillos.

El amparo únicamente protege a José Armando Contreras, pero se hará extensivo a quienes impugnen la norma.

  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.

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