La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar a las empresas Herdez, Del Fuerte y McCormick, las cuales impugnaron las modificaciones a la Ley General de Salud y a la Norma Oficial Mexicana que introdujeron el sistema de etiquetado frontal de advertencia que se ha utilizado en el país desde 2020.
Por unanimidad, el Pleno avaló el proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien indicó que uno de los motivos que tuvo el legislador para establecer el actual etiquetado de alimentos y bebidas, fue un estudio realizado por científicos del Instituto Nacional de Salud Pública.
En el citado estudio se establece que tres de cada cuatro mexicanos mayores de 18 años que viven en zonas de bajos ingresos sufren de diabetes, hipertensión, sobrepeso, obesidad y otras enfermedades crónicas, lo cual refleja un serio problema de salud pública en México.
La ministra enfatizó que México ocupa el primer lugar a nivel mundial en prevalencia entre adultos de diabetes y el segundo en obesidad.
Además, con base a datos y evaluaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) y la Organización Panamericana de la Salud, los legisladores avalaron el nuevo sistema de etiquetado frontal de advertencia, el cual tiene como objetivo permitir a los consumidores contar con información rápida, sencilla y clara sobre los ingredientes que tiene en exceso un producto, y con ello fomentar la toma de mejores decisiones alimenticias.
Yasmín Esquivel hizo referencia a la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2021 sobre covid-19, del Instituto Nacional de Salud Pública, la cual arrojó que 74 por ciento de la población entrevistada considera que el etiquetado introducido con las reformas impugnadas es bueno o muy bueno para conocer el exceso de calorías, nutrientes críticos, o la presencia de aditivos asociados con daños a la salud en alimentos y bebidas.
PNMO