Margarita Ríos-Farjat, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), propondrá esta semana que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) indemnice con una suma millonaria a una familia de Nuevo León por la ejecución de un matrimonio a manos de un soldado, el cual fue señalado de pertenecer al crimen organizado.
La ministra hizo público el proyecto de sentencia donde propone amparar a la familia de las víctimas que perdieron la vida el 3 de marzo de 2010, en el sexenio de Felipe Calderón, en la llamada “guerra contra el narcotráfico”, y donde deja claro que en estos casos opera una “regla de imprescriptibilidad” que busca preservar la memoria de las víctimas y garantizar el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación integral del daño.
De acuerdo con el asunto, alrededor del mediodía de la fecha citada, el matrimonio acababa de salir de las instalaciones de la empresa Delphi donde laboraba para comer. Su automóvil estaba estacionado a unos metros y cuando acababan de abordarlo, dos miembros del crimen organizado que huían a pie de un enfrentamiento con militares abordaron el vehículo en el asiento trasero.
Instantes después, ante el avance militar, los dos criminales bajaron del vehículo y huyeron en direcciones opuestas. Ambos fueron abatidos.
Cuando el fuego cesó, la mujer y su esposo, quien resultó herido por el fuego cruzado, salieron del lugar para resguardarse y se encontraron con un militar. “Ella le pidió auxilio para su esposo, pero el militar respondió a ese llamado con disparos. Asesinó a ambos y lo presumió a sus compañeros gritando: ya me eché a dos”.
La ministra detalló que los cuerpos de la pareja quedaron en el suelo, sin armas. “No obstante, momentos después, algún elemento castrense los movió de su lugar, les colocó armas y a ella, incluso, una fornitura. Todo para aparentar que eran miembros del crimen organizado y tratar de ocultar el grave error cometido”.
Un día después de los hechos, la Cuarta Región de la zona militar emitió un comunicado para difundir la versión de los hechos, la cual señalaba un combate con integrantes de la delincuencia organizada cuyo saldo fue de “cuatro delincuentes” abatidos.
El 31 de mayo de 2016, la hermana de una de las víctimas, así como otros familiares, presentaron un escrito de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado ante la Sedena.
La petición no fue respondida de manera expresa y oportuna por la Sedena, “por lo que se configuró la negativa ficta y, los solicitantes, reclamaron su nulidad en un juicio contencioso administrativo”. La autoridad responsable, en la sentencia consideró que operó el plazo de dos años para el derecho a reclamar la indemnización, conforme a lo previsto en el artículo 25 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Por su parte, en un amparo directo, un tribunal colegiado consideró inconstitucional ese precepto y aplicó el plazo genérico de 10 años previsto en el Código Civil Federal.
“Lo narrado evidencia que la privación de la vida de la pareja, producto del uso injustificado y excesivo de la fuerza, reúne los elementos de una ejecución extrajudicial: privación arbitraria de la vida de una o más personas; cometida por agentes del Estado encargados de realizar tareas de seguridad”, detalla el proyecto de Ríos-Farjat que se someterá a discusión.