La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el acuerdo del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien en enero pasado desechó la acción de inconstitucionalidad que promovió el partido Movimiento Ciudadano contra la Ley de Seguridad Interior, estatuto con el que se pretende respaldar las acciones que realizan las fuerzas armadas en la lucha contra el crimen organizado.
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Pardo Rebolledo, ministro instructor, determinó que la demanda era improcedente porque los partidos políticos sólo pueden recurrir a este tipo de juicios para demandar la invalidez de normas de naturaleza electoral.
“En el caso existe un motivo manifiesto e indudable de improcedencia que conduce a desechar de plano la presente acción de inconstitucionalidad, toda vez que, en la especie, no se reclaman normas de naturaleza electoral, por lo que los accionantes no puede intentar este medio de control de constitucionalidad, actualizándose el supuesto de improcedencia”, establece el acuerdo.
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Ante esta situación, Movimiento Ciudadano interpuso un recurso de reclamación.
Tres de los cinco ministros de la Primera Sala revocaron el acuerdo, tras considerar fundados los alegatos del partido político, motivo por el cual se le debe dar trámite a dicha acción.
RSE