Cristina recibe constancia de alcaldesa; AN impugnará

La Comisión Municipal Electoral (CME) de Guadalupe entregó anoche la constancia como alcaldesa electa a Cristina Díaz Salazar, de la coalición Va Fuerte por Nuevo León (PRI-PRD), dado que la priista obtuvo poco más de 3 mil votos que su contrincante

El documento oficial fue entregado anoche a Díaz Salazar en la Comisión Municipal Electoral. ESPECIAL
Kevin Recio
Guadalupe y Monterrey /

La Comisión Municipal Electoral (CME) de Guadalupe entregó anoche la constancia como alcaldesa electa a Cristina Díaz Salazar, de la coalición Va Fuerte por Nuevo León (PRI-PRD), dado que la priista obtuvo poco más de 3 mil votos que su contrincante panista.

En sesión extraordinaria del Consejo General de la Comisión Estatal Electoral (CEE), Mario Alberto Garza, consejero presidente del organismo, ordenó crear una comisión especial para que se rastreara la documentación de un paquete electoral faltante de la elección de Guadalupe, pero al final no se encontró el documento.

Cerca de las 16:00, el Cómputo 2021 que contabilizó las 888 actas electorales reveló que Díaz Salazar obtuvo un triunfo con el 1.2 por ciento de diferencia sobre el panista Alfonso Robledo Leal

Díaz Salazar agradeció a las autoridades electorales “por el esfuerzo realizado para darle validez a la elección, así como a los funcionarios de casilla, y a los propios electores que asistieron el domingo 6 de junio a emitir su voto”.

Por su parte, Alfonso Robledo, ex candidato del PAN, acumuló 28.73 por ciento de los votos, lo que se traduce en 83 mil 348 sufragios, al tiempo que la Dirección Jurídica de su partido anunció que el próximo miércoles impugnará ante el Tribunal Estatal Electoral (TEE) el resultado de la elección, con el fin de revertirlo.

En rueda de prensa afuera del instituto político, Hernán Salinas, representante jurídico, agregó que agotarán todas las instancias electorales, incluidas las del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que no descartan solicitar la nulidad de la elección para convocar a otra.

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