El gobierno de la Ciudad de México realizó reformas y derogaciones de algunos artículos para que los damnificados por el sismo del 19 de septiembre tengan un apoyo económico para renta, debido a que su inmueble no es habitable.
Las modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, a la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una cada vez más Resiliente y al Reglamento de la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal fueron publicadas en la Gaceta Oficial.
Con estos cambios, la Secretaría de Gobierno y el Instituto de la Vivienda tendrán que dar el apoyo de renta a las personas afectadas por el sismo cuyos inmuebles han sido dictaminados como no habitables, que pueden o no ser rehabilitados o se encuentran en proceso de rehabilitación o reconstrucción.
Los requisitos para acceder a este apoyo son que el inmueble tenga un dictamen de que no es habitable expedido por:
- El Instituto de Seguridad para las Construcciones de la Ciudad de México.
- O por un Corresponsable en Seguridad Estructural.
- O por un Director Responsable de Obra con registro vigente.
- O tener el dictamen técnico de riesgo en materia de protección civil, emitido por la Secretaria de Protección Civil y/o la Unidad de Protección Civil de cada delegación.
Este último, en los términos de la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal, que acredite su restricción para uso o inhabitabilidad, o bien, se encuentran en proceso de rehabilitación o reconstrucción a causa del sismo.
EB