Un juez federal dio un ultimátum a la Fiscalía General de la República (FGR) para determinar si ejercerá acción penal de nueva cuenta en contra de dos de los 31 científicos del Conacyt, lo cual podría sentar un precedente para el resto de los académicos señalados en este caso.
Durante una audiencia realizada este martes, el juez de Distrito, Gregorio Salazar Hernández, argumentó que la doctrina jurisprudencial de la Suprema Corte ha establecido que el hecho de que una persona permanezca investigada indefinidamente es una violación a sus derechos fundamentales.
Por lo que el juzgador, con sede en el penal de máxima seguridad del Altiplano, urgió al Ministerio Público de la Federación a contestar, de manera “congruente” y “exhaustiva”, la solicitud de no ejercicio de acción penal en contra de los académicos Teresa de León Zamora y Marcial Bonilla Marín.
Esta audiencia derivó de un escrito presentado por los abogados Marco Tulio Martínez y Carlos Herce Orozco el 10 de diciembre del año pasado, mediante el cual solicitaron a la FGR el no ejercicio de la acción penal para ambos científicos del entonces Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Sin embargo, esta petición fue respondida por el Ministerio Público de la Federación de manera insuficiente, pues no se ciñe a un plazo para determinar su investigación y además omitió pronunciarse respecto a las cuestiones jurídicas planteadas por los abogados defensores.
Para esta solicitud, la defensa legal de los académicos se remitió a la resolución que, un par de meses antes, el mismo juez Gregorio Salazar hizo al negar a la FGR órdenes de aprehensión en contra de 31 investigadores y científicos del Conacyt, a quienes acusó de los delitos de peculado, uso ilícito de atribuciones y funciones, operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada.
La Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO) acusó a los científicos de encabezar comités, a través de los cuales se autorizaron, entre 2013 y 2018, 200 millones de pesos de recursos públicos a una asociación civil para realizar funciones que ya estaban a cargo del Conacyt.
Por este hecho, la Unidad Especializada en Investigaciones de Operaciones con Recursos de Procedencia licita y de Falsificación o Alteración de Moneda de la FEMDO buscaba internar a los científicos en el penal de máxima seguridad de Almoloya en el Estado de México.
Sin embargo, el 21 de septiembre del año pasado, el juez de Distrito determinó que los hechos atribuidos a los académicos, como parte de la carpeta de investigación FED/FEMDO/UEIORPIFAM-CDMX/0000222/2021, estaban sustentados en las leyes vigentes.
“Se estima que la actuación que se atribuye a los activos, estuvo amparada por el espectro de la legalidad, pues en la época en que se reprocha la realización de tales actos delictivos, las disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, en la época de los hechos; la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; y, el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, en la época de los hechos, se encontraban vigentes; lo que implica que los activos actuaban amparados en esas disposiciones, las cuales quedaron derogadas o abrogadas una vez que se reformaron”, resolvió.
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