Empleados de juzgados y tribunales deberán declarar cuánto pagan por tarjetas de crédito

Las declaraciones patrimoniales y de intereses correspondientes al año pasado se podrán realizar a partir del 3 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2020.

El decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación por la mañana. (Freepik)
Rafael Montes
Ciudad de México /

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) instruyó a los servidores públicos de juzgados y tribunales federales a reportar en sus declaraciones patrimoniales de este año el monto que pagan anualmente por sus tarjetas departamentales y de crédito.

A causa de la pandemia de covid-19, el CJF había mantenido en suspenso la entrega de declaraciones patrimoniales que deben presentar los servidores públicos en el mes de mayo. Sin embargo, en el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el CJF informó que el periodo para presentar las declaraciones patrimoniales y de intereses correspondientes al año pasado será del 3 de noviembre al 31 de diciembre de 2020.

El documento publicado por la Dirección General de Substanciación, Registro y Seguimiento de la Evolución Patrimonial del CJF, se indica que la Dirección General de Tecnologías de la Información, en coordinación con la Contraloría del Poder Judicial de la Federación, deberá ajustar el formato de la modalidad de Modificación para las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses, “a fin de incorporar un campo relativo al monto total de pagos anuales realizados a cada una de las tarjetas de crédito y/o departamentales reportadas”.

Además, especifica que a partir del 3 de noviembre de 2020 se reanudarán los plazos para la presentación de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses en sus modalidades de Inicio y Conclusión.

Así, los servidores públicos que, al 25 de marzo de 2020, ya les había comenzado a correr el plazo se les reanudará la prórroga a partir del 3 de noviembre.

Para quienes causaron alta o baja durante el periodo de suspensión de los plazos para presentar las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses en sus modalidades de Inicio y Conclusión entre el 25 de marzo y el 2 de noviembre de 2020, el plazo de 60 días naturales a que se refieren la disposición citada en el párrafo que antecede, empezará a computarse a partir del próximo 3 de noviembre.

Asimismo, explica que los servidores públicos que presentaron las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses en sus modalidades de Inicio y Conclusión durante el periodo de suspensión de los plazos entre el 25 de marzo y el 2 de noviembre de 2020, se les tendrá por cumplida la obligación al primer día del inicio de la reanudación del plazo.

Los servidores públicos de nivel operativo que no se encontraban obligados,al menos hasta antes del 19 de julio de 2017 y que por primera ocasión presentarán sus Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses, lo deberán hacer a través del formato aprobado en la modalidad Inicial y de manera simplificada.

“El plazo para la presentación correrá del 3 de noviembre al 31 de diciembre de 2020, en la inteligencia de que aquellos servidores públicos que presentaron las declaraciones correspondientes en el periodo especial, comprendido del 1 de enero al 31 de marzo de 2020, se les tendrá por oportunamente cumplida la obligación y no estarán obligados a presentar la modalidad de Modificación 2020, correspondiente al ejercicio fiscal 2019”, precisa el acuerdo.

​lp

LAS MÁS VISTAS