Corte definirá validez de juicio político contra Samuel García por Egresos 2023

Esto luego de que el gobernador Samuel García no presentara la Ley de Egresos dentro del plazo constitucional dictado el 20 de diciembre.

Samuel García Sepúlveda, gobernador de Nuevo León. Foto: Roberto Alanís
Kevin Recio
Monterrey, Nuevo León /

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está por resolver la validez del juicio político que inició el Congreso local contra el gobernador Samuel García por no haber presentado la Ley de Egresos 2023 dentro del plazo constitucional (20 de diciembre).

Con base en el listado oficial de la Corte, éste fue turnado al ministro Luis María Aguilar Morales para resolver el fondo de la controversia 31/2023, interpuesta por el gobernador contra la Comisión Anticorrupción, pues ésta le abrió un juicio político porque no presentó antes del 20 de noviembre de 2022 el Presupuesto de Egresos 2023, al considerar que fue muy grave para el Estado.

“Determinar la validez del acuerdo de 31 de enero de 2023, por el que la Comisión Anticorrupción del Congreso del Estado de Nuevo León acordó iniciar un procedimiento en contra del gobernador del Estado”, se lee en el asunto.

Esto quiere decir que si el ministro ponente falla en favor de la validez, el Congreso puede proceder contra el gobernador, pero si la orden es a favor del Ejecutivo, no lo enjuiciarán o sancionarán.

El 31 de enero pasado, en sesión ordinaria de la comisión, se leyó un dictamen indicando que la no presentación de la Ley de Egresos 2023 en tiempo y forma daña gravemente los intereses públicos fundamentales y que los elementos de prueba agregados a la denuncia presume la existencia de la infracción y la probable responsabilidad del denunciado.

La Comisión instruyó a la Oficialía Mayor para que a través de la Dirección Jurídica del Congreso, en términos del segundo párrafo del Artículo 16 de Juicio Político del Estado de Nuevo León, se emplace a García para que exponga lo que a su derecho convenga compareciendo o informando por escrito dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación.

nrm

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