En medio de la indignación por el descubrimiento de un rancho de exterminio en Teuchitlán, Jalisco, la presidenta Claudia Sheinbaum anunció una serie de “acciones inmediatas” para hacer frente a la crisis de desapariciones.
Entre estas se incluye la equiparación del delito de desaparición al de secuestro, es decir, que la primera conducta delictiva será sancionada con las mismas penas que la segunda.
- Te recomendamos Matar para vivir: testimonios de tres sobrevivientes al campo de exterminio de Teuchitlán, Jalisco Policía

La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, en su capítulo tercero, estipula una pena de 40 a 60 años de prisión y una multa de 10 mil a 20 mil días al servidor público o el particular— que con la autorización o apoyo de un servidor público— haya privado de la libertad a una persona. En tanto a los particulares se les impondrán cárcel de 25 a 50 años y una multa de 4 mil a 8 mil días.
Para ambos casos aplica una serie de consideraciones que pudieran aumentar hasta en una mitad las multas, como el hecho que la víctima haya fallecido; si se trata de una persona menor de edad o embarazada; si era defensora de los derechos humanos o periodista; si la identidad de género u orientación sexual fue motivo de la agresión, etcétera.
Y aunque también hay factores para reducir las sanciones, el delito de desaparición forzada no es aplicable para un criterio de oportunidad.
Otras conductas que la Ley también sanciona es el ocultamiento, deshecho, la incineración, sepultación, desintegración o destrucción parcial o totalmente de restos humanos o cadáveres con el fin ocultar la comisión del delito. A la persona que se le sorprenda en el acto se le impondrá una pena de 15 a 20 años de prisión, así como mil a mil 500 días de multa.
Asimismo, el servidor público que obstaculice dolosamente las acciones de búsqueda e investigación podrá ser sancionado con dos a siete años de prisión, de 30 a 300 días multa y la destitución e inhabilitación del cargo por el mismo periodo que transcurra tras las rejas.
- Te recomendamos Desde gobierno de Alfaro se conocieron campos de exterminio en Teuchitlán Policía
¿Cuál sería la pena por desaparición se equipara con secuestro?
Con la propuesta de la Presidenta el delito de desaparición forzada pasaría a tener una condena de 40 a 80 años de prisión, es decir, se incrementan 20 años a la pena máxima.
Así se estipula en el Capítulo II de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, el cual también habla de imponer hasta 4 mil días multa si el delito se cometió para obtener cualquier beneficio; obligar a un tercer a dejar de realizar un acto; causar daño a la víctima, o ser un secuestro exprés.
Al igual que con Ley de la Desaparición Forzada, las penas por secuestro pueden agravarse de 50 a 90 años de prisión y de 4 mil a 8 mil días multa si en la privación de la libertad concurren las siguientes circunstancias:
- Que se haya realizado en un camino público, un lugar desprotegido o solo
- Que los autores materiales hayan actuado en grupo de dos o más personas
- Que se realice con violencia
- Que se allane el inmueble para privar a una persona de su libertad
- Que la víctima sea menor de 18 años o mayor de 70 años
- Que la víctima sea una mujer en estado de gravidez
Incluso la pena máxima puede ascender hasta los 100 años de prisión si quien o quienes lo efectuaron fueron integrantes de alguna institución pública, de administración de justicia o de las Fuerzas Armadas; que los autores tengan vínculo de parentesco; que se cause lesión a la víctima durante el cautiverio; que se hayan ejercido actos de tortura o violencia sexual, o que la víctima muera durante o después de la privación por cualquier alteración en su salud.
Las nuevas reformas de Claudia Sheinbaum
Otras acciones de la presidenta contemplan el fortalecimiento de la Comisión Nacional de Búsqueda, la incorporación de nuevos protocolos para agilizar las búsquedas de personas y la publicación mensual de las cifras de carpetas de investigación.
También se buscará endurecer a la Comisión Ejecutiva de Atención a las Víctimas, así como enviar un paquete de nuevas reformas al Congreso de la Unión para modificar la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas. Entre los puntos se propone:
- Crear la Base Nacional única de Información Forense
- Crear la Plataforma Nacional de Identificación Humana
- Fortalecer el Centro Nacional de Identificación Humana, el cual tendrá a su cargo la gestión de la Plataforma anteriormente mencionada
ASG