SFP debe explicar motivos de destitución de director del Instituto de Neurología: INAI

En enero, Miguel Ángel Celis se había opuesto al esquema de gratuidad del recién creado Instituto de Salud para el Bienestar.

El funcionario fue destituido de su cargo tras las presuntas irregularidades encontradas por la titular de la Función Pública. (Facebook)
Rafael Montes
Ciudad de México /

La Secretaría de la Función Pública (SFP) deberá buscar y proporcionar toda la documentación que contenga la información de la sesión de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía (INNN) en la que se decidió destituir al director de dicho organismo, en febrero pasado, Miguel Ángel Celis.

El funcionario fue destituido de su cargo tras las presuntas irregularidades encontradas por la titular de la SFP, Irma Eréndira Sandoval, en una visita sorpresa a la sede del instituto, el 6 de febrero, cuando personal del organismo denunció, ante la funcionaria, el supuesto desabasto de medicamentos.

En enero, Celis se había opuesto al esquema de gratuidad del recién creado Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi).

En una solicitud de información, un ciudadano requirió a la SFP detalles diversos sobre la sesión de la Junta de Gobierno en la que se decidió la destitución de Celis.

Entre los datos requeridos estaban “la exposición de motivos y el fundamento legal referido para remover al Director General; cómo y quién acreditó la causa plenamente y comprobó la incompetencia técnica, el abandono de labores o la falta de honorabilidad del mismo y, las evidencias documentales del acto de autoridad”.

Además, se pidió conocer el resultado de la votación y el sentido del voto de cada uno de los participantes en la sesión respecto del punto específico del acuerdo en el que se destituyó al Director General, así como las intervenciones y argumentación para la destitución del Director General, acompañadas del acta, la versión estenográfica o grabación de cada uno de los participantes.

Sin embargo, aunque la SFP reconoció que el Comisariato de Salud, Trabajo y Seguridad Social, dependiente de esa Secretaría, es un órgano de vigilancia al interior del Instituto de Neurología, negó contar con la información solicitada.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) revocó esa respuesta y le obligó a buscar y entregar la documentación requerida.

Director se resistía al Insabi

A inicios de año, el director del instituto fue señalado por el presidente Andrés Manuel López Obrador como el único titular de hospitales de tercer nivel que había rechazado sumarse al esquema de gratuidad en atención médica y medicamentos a la población, a través del Insabi.

“Hay un director de un instituto de salud que es el único que no quiere la gratuidad, yo lo llamo a que recapacite porque tienen ahí contratos por 600 millones de pesos de servicios, de medicamento, desde hace tiempo entonces ya se termina todo eso”, dijo el mandatario en la conferencia matutina del 28 de enero.

El INNN mantenía un contrato de prestación de servicios con “farmacia subrogada” para el abastecimiento de medicamentos y material especializado que presuntamente era deficiente.

Una carta de médicos adscritos al instituto refirió que los equipos de tomografía e imagen estaban descompuestos y no se podían hacer estudios de laboratorio, además de carecer de material básico para curación y medicamentos

La visita de Sandoval Ballesteros causó polémica porque se realizó de manera sorpresiva días después de que el mandatario había mencionado al instituto en su conferencia matutina.

Documentos solicitados

En la solicitud de información formulada por el ciudadano peticionario, también se requirieron otros documentos como la copia de la convocatoria a la sesión donde se determinó dicha situación, el orden del día, materiales distribuidos a los miembros de la junta para que conocieran y estuvieran en condiciones de pronunciarse sobre los asuntos a tratar, la lista de asistencia o la constancia que acredite la misma.

Aunado a lo anterior pidieron la grabación de la sesión, la versión estenográfica, el acta y la relación de acuerdos adoptados en la misma, entre otros datos.

La Función Pública negó la información con el argumento de que "los Comisarios Públicos constituyen un Órgano de Vigilancia en las Entidades y su participación en las Juntas de Gobierno sólo es con voz pero sin voto, por lo que no se encuentra con expresión documental que atienda lo solicitado.”

En su análisis, el INAI consideró que "si el Comisario Público y su suplente pueden intervenir en las sesiones de las Juntas de Gobierno del Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía y requerir la información que sea necesaria para cumplir con sus funciones de vigilancia, este Instituto considera que los mismos pudieran contar con las documentales que den cuenta de los puntos requeridos por el particular".

Y concluyó que "contrario a lo manifestado por el sujeto obligado, se observa que éste sí cuenta con atribuciones para conocer de la información requerida -a través de la figura de Comisario Público y su suplente-".

jlmr

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