¿Coacción del voto y propaganda electoral es lo mismo? No, lo primero tiene que ver con ejercer presión hacia los ciudadanos sobre su voto y lo segundo con la difusión legal de los partidos políticos durante una campaña electoral. Aquí te explicamos las diferencias.
Coacción del voto
En 1997, por primera vez el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral (IFE) aprobó un acuerdo para conocer los actos que generen presión o coacción a los electores como una falta administrativa, por lo que se estableció que el voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.
Así, la coacción del voto se define como el uso de la fuerza física, violencia, amenaza o cualquier tipo de presión ejercida sobre los electores a fin de inducirles a la abstención o a sufragar a favor o en contra de un candidato, partido político o coalición. Y tanto la compra como la coacción del voto están dentro de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
De acuerdo al Artículo 11 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales se impondrán de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años al servidor público que coaccione o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición.
Una de las formas más comunes de coacción es la entrega de tarjetas con futuros programas sociales a cambio de votos, pero que se condicionan el triunfo electoral.
Propaganda electoral
La propaganda electoral es el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que producen y difunden los partidos políticos, candidatos o sus simpatizantes durante la campaña electoral y tiene el propósito de presentar a los ciudadanos las candidaturas y sus propuestas, de acuerdo con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Un ejemplo de propaganda electoral es la colocación de elementos en equipamiento urbano, así como bastidores y mamparas, siempre y cuando no se dañe el espacio ni se impida la visibilidad a conductores de vehículos o la circulación de peatones.
¿Es legal entregar tarjetas?
En 2017, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que "no existe prohibición alguna de distribuir propaganda electoral impresa en formato de tarjetas, y entregar dípticos o folletos que expliquen las propuestas de campaña de los candidatos, pues ello, no genera por sí mismo la vulneración o incumplimiento a algún dispositivo legal".
Por lo que el presidente Andrés Manuel López Obrador consideró que la entrega de tarjetas para apoyos previo a las elecciones de este año es imprudente y una acción inoportuna, a pesar de que no es algo ilegal.
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