Luego de que el desarrollo de las tecnologías ha permitido a la delincuencia organizada encontrar nuevas formas de amedrentar y cometer delitos vinculados al secuestro, la diputada María del Rosario Guzmán propuso reformas para considerar como una agravante el secuestro virtual.
En concreto, la panista propuso reformas al artículo 9 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro para precisar que a quien detenga en calidad de rehén a una persona “por medio de violencia física o por cualquier medio de coerción o intimidación”, se le imponga una pena de 40 a 80 años de prisión y de mil a cuatro mil días multa.
En la exposición de motivos, Guzmán Avilés mencionó que el propósito de la iniciativa, turnada a la Comisión de Justicia, es considerar como una agravante el secuestro virtual.
En un comunicado, la panista subrayó las graves secuelas que un delito de este tipo deja en las víctimas, especialmente en la parte psicológica.
Expuso que según la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), el secuestro virtual se desarrolla como una modalidad de extorsión telefónica, y se ha convertido en un delito que aumenta su comisión en fines de semana y temporada vacacional.
En el secuestro virtual se concreta la extorsión además de la retención virtual de la víctima “lo que debería considerarse por parte de investigadores y juzgadores para aplicar los castigos correspondientes”, expuso la diputada.
El documento presentado por Guzmán Avilés, abunda que conforme a los informes del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de incidencia delictiva con corte al último día de diciembre del 2020, el delito de secuestro de enero a diciembre ha disminuido pasando de 87 en enero a 57 en diciembre, dando un total de 822 casos reportados.
El rapto y el rubro no especificado o denominado otros delitos contra la libertad personal mantiene una estadística poco estable, y durante el 2020 se registraron 18 mil 816 casos en todo el país, contabilizándose en total 19 mil 787 de delitos contra la libertad personal.
JLMR