Diputados interponen controversia ante SCJN por 'blindaje' a García Cabeza de Vaca

La Cámara de Diputados interpuso la controversia contra el Congreso de Tamaulipas al considerar que busca asumir atribuciones exclusivas en el caso del juicio de desafuero del gobernador de la entidad.

La Cámara de Diputados interpuso la controversia ante la SCJN por el caso de García Cabeza de Vaca. (Especial | Archivo)
Silvia Arellano
Ciudad de México /

La Cámara de Diputados interpuso, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una controversia constitucional en contra del Congreso de Tamaulipas, ya que busca asumir atribuciones exclusivas de los legisladores federales en el caso del juicio de desafuero en contra del gobernador de esa entidad, Francisco García Cabeza de Vaca.

Dicha demanda fue signada por la diputada Dulce María Sauri Riancho, en su calidad de presidenta de la Mesa Directiva y representante legal de la Cámara de Diputados. Los abogados de la dirección general de Asuntos Jurídicos presentaron el documento en la Corte.

En dicha demanda se solicita que los ministros de la Suprema Corte otorguen la suspensión del acto reclamando, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que guardan y no se aplique el respectivo acuerdo.

El pleno de la Cámara de Diputados, en sesión del pasado 25 de marzo, aprobó por 285 votos a favor, 77 en contra y 46 abstenciones, promover demanda de controversia constitucional en contra del Congreso de Tamaulipas, por considerar que dicho acuerdo violenta diversas disposiciones de la Constitución federal, al vulnerar la facultad exclusiva de la cámara para declarar la procedencia en contra de servidores públicos de las entidades federativas por delitos federales.

Los legisladores consideraron que el Congreso de de Tamaulipas no puede llevar a cabo un nuevo procedimiento de declaración de procedencia, ya que ello implicaría dejar sin efecto el procedimiento substanciado ante la Cámara de Diputados.

“Situación que no es posible porque dicho procedimiento no puede quedar ocioso ni resultar intrascendente, toda vez que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina, con mucha claridad y sin interpretación alguna, que las resoluciones emitidas en las declaraciones de procedencia son definitivas e inatacables, lo que implica que la resolución que en su momento emita la Cámara de Diputados en dichos procedimientos, no acepta medio de impugnación alguno”.

DMZ

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