Los diputados locales aprobaron por unanimidad las reformas al Código Penal, la Ley para la Familia y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes con lo que queda prohibido el castigo corporal de los papás a sus hijos.
Así, ahora la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo establece que los que ejercen la patria potestad, la custodia o tutela no podrán imponer castigo corporal o cualquier otro tipo de trato humillante como forma de corrección disciplinaria.
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En tanto, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece que toda niña, niño y adolescente tiene derecho al buen trato y a la crianza positiva, entendiéndose ésta como las acciones que tienen por objeto brindar una educación con amor, sin violencia, basada en el respeto recíproco, la comunicación y la confianza mutua.
Además de que el derecho a una crianza positiva implica la prohibición expresa de cualquier medida que involucre castigo corporal o cualquier tipo de violencia como método de corrección o sanción disciplinaria.
Del Código Penal se derogó el párrafo cuarto del artículo 142 que señalaba que “no son punibles los golpes inferidos en ejercicio del derecho de corregir, siempre y cuando no sean una forma habitual o reiterada de ejercer este derecho”.
La diputada local de Morena, Lisset Marcelino Tovar, subrayó que con las reformas se pretende contribuir en la transformación de paradigmas del uso de la fuerza y el castigo corporal como sanción disciplinaria.
Puntualizó que se tiene que entender que existen formas distintas de guía, corrección y actuación ante la educación de las niñas, niños y adolescentes y se debe coadyuvar al planteamiento de estrategias para mejorar la convivencia en casa que beneficie a corto y a largo plazo la construcción del tejido social basado en el respeto a los derechos humanos y una crianza positiva.