El beneficio del que gozan los ministros que se separan de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) llamado haber por retiro y que se trata de una pensión vitalicia, podría abrir un debate en el caso de que el ministro Eduardo Medina Mora lo reclame.
El artículo 94 de la Constitución dice: "Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia durarán en su encargo quince años, sólo podrán ser removidos del mismo en los términos del Título Cuarto de esta Constitución y, al vencimiento de su periodo, tendrán derecho a un haber por retiro". Nada más.
Pero la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación señala que al retirarse del cargo, los ministros tendrán derecho a un haber por retiro de carácter vitalicio, el cual será equivalente al 100 por ciento durante los dos primeros años y al 80 por ciento durante el resto del tiempo, del ingreso mensual que corresponda a los ministros en activo y si se retiran sin haber cumplido 15 años en el ejercicio del cargo, tendrán derecho a la remuneración de manera proporcional al tiempo de su desempeño.
De acuerdo con la Plataforma Nacional de Transparencia, como ministro de la Corte, percibía un salario mensual bruto de 297 mil 403.77 pesos que se sumaba a una remuneración por concepto de seguro de separación individualizado de 44 mil 65 pesos mensuales.
Además, tenía una aportación por concepto de seguro de gastos médicos de 8 mil 699 pesos al trimestre y una prima vacacional de 95 mil 474 pesos al semestre; asimismo, al año, por concepto de aguinaldo recibía un monto de 586 mil 171 pesos y un pago por riesgo de 415 mil 946 pesos.
RLO