INE apercibe a AMLO por posible desacato a medida sobre 'mañaneras' ante elecciones

META 21

Pese a la medida cautelar del lunes, el Presidente volvió a incurrir en violaciones electorales; INE advierte que lo amonestará públicamente y pide a TEPJF revise desacato.

El presidente Andrés Manuel López Obrador en conferencia matutina. (Cortesía)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Instituto Nacional Electoral (INE) apercibió al presidente Andrés Manuel López Obrador para que ajuste su conducta en sus mañaneras y acate la medida cautelar impuesta esta semana para que se apegue a la veda electoral, de lo contrario, será amonestado públicamente; además de que las reiteradas conductas de los últimos dos días serán remitidas al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que determine si el mandatario ha caído en desacato.

El 19 de abril, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE interpuso una medida cautelar en contra del Presidente por haber violado la veda electoral en su conferencia del 16 de este mismo mes, tras hablar de programas sociales, por lo que se le ordenó retirar el material visual de ese día de todas las plataformas y apegarse a lo que le mandata la Constitución.

En esa medida cautelar bajo la figura de tutela preventiva, el INE le ordenó “Que, durante las campañas electorales y hasta el día de la Jornada Electoral a celebrarse el seis de junio del dos mil veintiuno, se abstenga de difundir logros de gobierno -incluyendo programas sociales y las personas beneficiarias-, obra pública, e incluso emitir cualquier tipo de información que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía, incluso cuando responda a las preguntas que le son formuladas en las conferencias de prensa”.

A través de un comunicado, el INE explicó esta tarde que el mismo 19 de abril a las 20:33 horas le fue notificada esta decisión a la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, sin embargo, la Unidad Técnica de los Contencioso del INE detectó de manera inmediata, el martes 20 de abril el Presidente “volvió a realizar pronunciamientos relacionados con propaganda gubernamental y de índole electoral”.

Por lo que ese mismo día, la Comisión de Quejas y Denuncias recibió un nuevo trámite en contra del Presidente por incumplimiento a la medida cautelar ordenaba apenas unas horas antes.

“Ante los hechos, el día de hoy 22 de abril, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), área encargada de conocer sobre posibles incumplimientos de alguna medida cautelar, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, consideró que las expresiones y posicionamientos realizados por el Presidente de México en la conferencia matutina del 20 de abril, actualizan un posible desacato a la medida cautelar indicada, al versar sobre acciones y logros de gobierno, así como cuestiones de índole electoral, por lo que determinó:

“Se considera justificado, oportuno y necesario ordenar al Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ajuste su conducta a lo ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo ACQyD-INE-68/2021, apercibido que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de apremio una amonestación pública, con fundamento en lo establecido en el artículo 41, numeral 1, en relación con el artículo 35, numeral 1, fracción I, del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral”, indica el comunicado del INE.

También indican que la conducta se suma a otros antecedentes y quejas presentadas por distintos partidos políticos en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Por lo que se determinó enviar este expediente a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación “para que sea quien finalmente determine si existió o no desacato a la medida cautelar ordenada por esta autoridad y se pronuncie sobre el fondo de las conductas denunciadas”.

Recordaron que el Presidente y todas los servidores públicos tienen la obligación de apegarse al artículo 41 que señala que “durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental”.

Así como al artículo 134 que establece que “los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos".

JLMR