TEPJF confirma mecanismo de conteo rápido para diputaciones federales 'pluris'

META 21

El PAN alegó que la fórmula que se aplicará para privilegiar la militancia efectiva de las candidaturas es un criterio distinto y contrario a lo que establece la ley.

Sesión de la Cámara de Diputados. (Especial)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las reglas del Instituto Nacional Electoral (INE) para que los partidos reporten gastos de por lo menos el 25 por ciento de sus representantes de casilla, pero confirmó el mecanismo de conteo rápido para la asignación de diputaciones federales de representación proporcional.

En el caso de los conteos rápidos, el PAN alegó que la fórmula que se aplicará para privilegiar la militancia efectiva de las candidaturas es un criterio distinto y contrario a lo que establece la ley, lo que descartó la Sala Superior al sostener que el INE se basó en los criterios que respaldó esta misma sala.

Concluyeron que no existe ninguna vulneración a la certeza, la legalidad, exhaustividad y congruencia como alegó el PAN y que por el contrario, privilegiar las coaliciones como pedía el partido, sí implicaría cambiar la fórmula marcada en la ley.

En sentido contrario, los magistrados rechazaron las reglas que aprobó el INE que establecen como obligación para los partidos políticos que por primera vez, reporten y comprueben los pagos para al menos el 25 por ciento de los funcionarias de casilla que participarán en las elecciones el próximo 6 de junio.

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral consideraron que imponerles la obligación de gastar un determinado porcentaje, vulnera el principio de legalidad electoral y autodeterminación de los partidos, pues “se impone la obligación de realizar un gasto, en concepto de apoyo económico, a los representantes generales y de casilla”.

El proyecto señala que “ninguna ley ni reglamento le otorga al INE facultades para imponerle a los partidos políticos la obligación de gastar un determinado porcentaje en gastos de representación el día de la jornada electoral, aunado a que tampoco existe sustento legal que permita obligar a que reporten y comprueben, por cada entidad federativa, un determinado porcentaje obligatorio de gasto”.

Además de que esta medida se impuso solo a tres semanas de que se realice la jornada electoral, lo que afecta los recursos ya erogados por parte de los partidos políticos.

JLMR