TEPJF desecha acuerdo del INE sobre paridad en gubernaturas; pide a partidos respetarlo

META 21

Por mayoría de votos rechazaron el proyecto de la magistrada Janine Otálora con el que proponía al TEPJF ejerciera la atracción de imponer normas para que los partidos políticos postulen a ocho mujeres a las gubernaturas en 2021.

Ante imposibilidad de atraer facultades, el TEPJF sí podía aplicar vinculación directa desde su jurisprudencia, expresó De la Mata. (Archivo)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que imponía a los partidos políticos la postulación de mínimo siete mujeres a las gubernaturas del 2021 y terminaron sin dejar claro cómo obligar a los partidos a cumplir con la paridad.

Aunque cuatro magistrados votaron por obligar a los partidos a postular a siete mujeres aún revocando el acuerdo del INE que excedió sus facultades, cayeron en una discusión en la que el magistrado presidente José Luis Vargas argumentaba que la votación no fue clara y concluyeron con una sentencia en suspenso hasta revisar la versión estenográfica.

Por mayoría de votos rechazaron el proyecto de la magistrada Janine Otálora con el que proponía que el TEPJF ejerciera la atracción de imponer normas para que partidos políticos deberían postular a ocho mujeres a las gubernaturas, quienes votaron en contra consideraron que así como el INE no tenía facultades para hacerlo, la Sala Superior tampoco, pues corresponde exclusivamente al Poder Legislativo.

Después de más de cuatro horas de discusión, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña propuso que ante la imposibilidad de atraer facultades, el Tribunal sí podía aplicar una vinculación directa desde su jurisprudencia, para que los partidos postularan a las siete mujeres que el INE planteaba.

En votación, las magistradas Mónica Soto y Janine Otálora, así con el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón se sumaron a esta postura que logró una mayoría por encima de la propuesta de José Luis Vargas, Felipe Fuentes Barrera e Indalfer Infante Gonzales de solo hacer un exhorto a los partidos políticos.

Sin embargo, al momento de dictar la sentencia, Vargas sostuvo que el proyecto de Otálora fue rechazado y la propuesta De la Mata fue “accesorio”, por lo que correspondería que otro magistrado realizara un engrose, y por orden alfabético le correspondía a él.

“Perdón que lo diga, pero me parece que algunos se están aprovechando de esa confusión”.

El resto de los integrantes de la Sala insistieron en que ya había una votación y por lo tanto una sentencia, pero ante la resistencia de algunos, De la Mata propuso que se revisara la versión estenográfica.

“Si va a haber un engrose necesariamente necesitamos saber el sentido del proyecto y advertí cuatro votos a favor de la vinculación y tres por el exhorto, me costaría mucho trabajo que no hubiera en estos momentos una declaratoria de cuál es la conclusión del asunto”, replicó el magistrado Indalfer Infante al negarse a que la sesión concluyera sin una sentencia de lo que ya se había votado.

Finalmente, Vargas acordó que los magistrados que votaron en contra del proyecto realizarán un engrose una vez que se revise cómo votó cada uno.

La sentencia leída al término de la sesión concluyó que “se acumulan los medios impugnados (Senado y PAN), se revoca el acuerdo del INE, se vincula al Congreso de la Unión y Congresos locales a regular paridad en gubernaturas antes del inicio del próximo proceso electoral inmediato al 2020-2021, y se vincula a los partidos para que en la postulación de sus gubernaturas hagan efectivo el principio de paridad y que esto sea acorde con lo que hoy se ha discutido en esta sesión y conste en la versión estenográfica”.

​JLMR