El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio un respiro a la aspiración del diputado Porfirio Muñoz Ledo para reelegirse en su cargo como legislador federal.
Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal revocó la resolución del partido Morena que había emitido contra Muñoz Ledo y le ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia explicar cuáles son las reglas y el procedimiento establecido para participar en la selección de candidaturas a diputaciones federales de representación proporcional por fórmula externa, y si podrá registrarse para dicho proceso.
El TEPJF dio un plazo de tres días para que la Comisión emita una resolución de fondo y decida si Muñoz Ledo tiene o no derecho a ser considerado como aspirante a candidato a diputado federal de representación proporcional por fórmula externa.
En un comunicado, el TEPJF informó que después de que el pasado 3 de abril el diputado federal impugnó la resolución de dicha Comisión, debido a que se había declarado la improcedencia de su recurso, la Sala Superior reencauzó la impugnación a la Comisión, la cual se declaró nuevamente improcedente.
Al resolver el juicio promovido por el legislador, los magistrados consideraron fundados los argumentos de queja de Muñoz Ledo y determinaron que el actor sí tiene interés para impugnar la presunta falta de normas y la supuesta omisión de reglas para el procedimiento de selección de esas candidaturas.
El diputado señaló en su escrito de inconformidad que pretende la reelección de su cargo y que a pesar de la falta de claridad en las reglas para elegir candidatos, realizó las actuaciones conducentes para contender en la lista de Morena correspondiente a la IV circunscripción plurinominal, en la posición tres, la cual corresponde a las personas externas.
“Las magistradas y los magistrados calificaron de sustancialmente fundado el juicio al considerar que el órgano de justicia del partido debió explicar, de manera fundada y motivada, cuáles son las normas y el procedimiento existente para obtener el registro que pretende pues ya manifestó - incluso por escrito - su intención para ser considerado para la elección consecutiva”, determinó la Sala Superior.
RLO