TEPJF ordena a Segob vigilar a AMLO para que no viole veda electoral

META21

Los magistrados determinaron que AMLO incurrió en conductas posiblemente infractoras de normativa electoral en sus conferencias; dieron facultades al INE para ordenar a concesionarios frenar la transmisión de cualquier propaganda.

El proyecto aprobado en sesión privada hace de conocimiento inmediato a las concesionarias. (Cuartoscuro)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el presidente Andrés Manuel López Obrador incurrió en “la repetición de conductas posiblemente infractoras de la normativa electoral” en sus conferencias mañaneras durante las campañas; y además, vinculó a la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, para que vigile que estas violaciones no se repitan durante la veda y las concesionarias no las repliquen.

Luego de que el viernes 28 de mayo, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió un exhorto al Presidente tras analizar que 29 de las 36 conferencias mañaneras realizadas durante las campañas electorales incurrían hasta en un 80 por ciento en contenido con propaganda prohibida.

En una sesión privada, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral determinaron no sólo respaldar la decisión del INE sino además, sumar en este exhorto a la secretaria de Gobernación.

En el proyecto analizado a puerta cerrada, y del que MILENIO tiene una copia, se aprobó apercibir y vincular al presidente Andrés Manuel López Obrador para el cumplimiento de la sentencia en la que se le pide “que se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de difundir propaganda gubernamental y/o de referirse a temas electorales, o a cualquier otra información que pudiera influir en las preferencias electorales de la ciudadanía”.

Agregaron que “a efecto de dotarlas de plena eficacia y de verificar su cumplimiento sin obstáculo alguno: se vincula a la titular de la Secretaría de Gobernación y a las concesionarias públicas y privadas de radio y televisión, a colaborar en el cumplimiento de las medidas cautelaras formuladas”.

También vincularon a Cepropie, a las concesionarias públicas y privadas a “cesar la distribución y/o difusión de los contenidos materia de las medidas cautelares”, pero además, dio facultades a los consejeros para ordenar a las concesionarias que frenen la transmisión de cualquier propaganda que incurra en hechos violatorios.

“Se apercibe al titular del Ejecutivo Federal que, en caso de incumplimiento de las medidas cautelares, la Comisión de Quejas podrá, de manera directa y sin trámite alguno, ordenar a cualquier concesionaria pública o privada el cese de cualquier transmisión o difusión de programas, spots o materiales de video o audio violatorios de las medidas cautelares referidas.
“Lo antes señalado será obligatorio para todas las autoridades y concesionarias públicas y privadas de radio y televisión, especialmente durante la fase de veda electoral del proceso electoral concurrente 2020- 2021, la cual transcurrirá de las 00:00 horas del jueves 3 de junio y hasta el término de las 23:59 horas del domingo 6 de junio, día en que se celebrará la jornada electoral”.

El proyecto aprobado en sesión privada hace de conocimiento inmediato a las concesionarias y faculta al INE para “tomar las medidas necesarias para el cumplimiento” de esta sentencia por parte del Presidente, los servidores públicos implicados y las concesionarias.

JLMR