El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) aplicar cuatro fórmulas para contabilizar las acciones afirmativas aplicables en las diputaciones federales para grupos vulnerables.
El Partido Acción Nacional (PAN) consultó al Consejo General cómo se haría el conteo de cuotas si una misma candidatura cumple por ejemplo, con ser indígena y una persona con discapacidad. Ante lo que se indicó que sólo se contabilizará en ambas categorías si la fórmula completa se encuentra en las mismas circunstancias.
Los magistrados de la Sala Superior del TEPJF establecieron que para respetar y proteger el derecho de las personas deberán contabilizar las categorías de discapacidad, raza, color, idioma, identidad cultural, origen étnico; sexo, género, preferencias/orientaciones sexuales, identidad y expresión de género en cuatro fórmulas: postulación por fórmula, concurrencia, fórmulas que no corresponden a las medidas afirmativas y paridad.
“En el primer caso, las acciones afirmativas se deberán computar por fórmula y no por persona; en el segundo, los partidos y coaliciones podrán postular a personas que coincidan en más de una categoría y respetar el principio de paridad; en la tercera, cuando los partidos coloquen como titulares o suplentes de la fórmula a personas que formen parte de grupos en situación de exclusión, discriminación o subrepresentación, no se contabilizará para acreditar medidas afirmativas. La cuarta forma es para que se cumpla con la paridad”.
En la misma sesión, aprobaron por unanimidad de votos ampliar las candidaturas de mujeres en los municipios más poblados de Yucatán y que las comunidades indígenas y afromexicanas en el estado de Oaxaca, puedan postular candidaturas independientes en este proceso electoral.
JLMR