IEE desestima candidatura no registrada para gubernatura de Puebla

Dentro de la boleta existirá un apartado en donde se podrán anotar las candidaturas que no se hayan registrado, con la finalidad de que la ciudadanía pueda expresarse.

IEE Ilustrativa | Especial
David Meléndez
Puebla /

El Instituto Electoral del Estado rechazó la solicitud del ciudadano Ángel Manuel López Rafael que pretendía competir por la gubernatura del estado a través de la figura de "candidatura no registrada" y que los votos a su favor fueran contabilizados.

A través del expediente CG/AC-0040/2024, López Rafael manifestó su intención de ser tomado en cuenta dentro de los comicios electorales, argumentando que de esa manera se respetarán sus derechos como persona.

"Solicito que sea tomada en cuenta mi petición para que los votos que sean emitidos a mi nombre como candidato no registrado a gobernador del estado de Puebla, sean contabilizados y tomados en cuenta para que no se viole el derecho humano al voto de los ciudadanos que vean una verdadera opción de emitir sus votos a favor de candidatos no registrados", mencionó.

Sin embargo, dentro del análisis hecho por parte del órgano electoral, se indicó que la normativa establece que únicamente serán tomados en cuenta aquellos sufragios que se hagan al poner una marca en los emblemas de las postulaciones aprobadas.

De igual manera se reconoce que dentro de la boleta existirá un apartado en donde se podrán anotar las candidaturas que no se hayan registrado, con la finalidad de que la ciudadanía pueda expresarse.

El documento también refiere que el derecho a la postulación de candidaturas será únicamente para los partidos políticos así como para aquellas personas que pidan su registro a través de la vía independiente y que cumplan con los requisitos establecidos.

En la resolución emitida por el IEE se indicó que no es viable aceptar la petición hecha por López Rafael, toda vez que el derecho al voto tiene que llevarse a cabo conforme a las disposiciones legales establecidas.

"Este Consejo General considera que no es jurídicamente viable el conteo individualizado de los votos emitidos a favor de candidaturas no registradas que el ocursante", se menciona.

AAC

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