INE enmienda reglas para inhibir influencia de partidos políticos en capacitación electoral

La medida busca inhibir el involucramiento directo de los partidos políticos en el reclutamiento y selección de supervisores y capacitadores electorales durante la organización de las elecciones.

Instituto Nacional Electoral (INE) | Agencia Enfoque
Rafael Montes
México /

El Instituto Nacional Electoral (INE) enmendó las reglas que había dictado para inhibir que se contrate a militantes de algún partido político como capacitadores electorales rumbo a la elección de junio de 2024.

En sesión de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, se aprobó, por mayoría, añadir un nuevo criterio a la evaluación que se debe realizar a los aspirantes a ser capacitadores y supervisores electorales.

Los capacitadores y supervisores son empleados temporales que apoyan en la formación de los ciudadanos que van a integrar las mesas directivas de casilla.

El acuerdo fue aprobado por los consejeros Martín Faz, Jaime Rivera, Dania Ravel y Carla Humphrey, sin que tenga que ser ratificado en el Consejo General.

La consejera Norma Irene de la Cruz votó en contra con el argumento de que el criterio aprobado altera el contenido del acuerdo emitido por el Consejo General en sesión del pasado 25 de agosto

El nuevo criterio establece restar un punto a su calificación al aspirante a supervisor o capacitador electoral que aparezca en el padrón de militantes de algún partido político y no demuestre que fue afiliado indebidamente.

Además, le da al aspirante un plazo de tres días para que argumente lo que a su derecho convenga en su defensa.

La medida busca inhibir el involucramiento directo de los partidos políticos en el reclutamiento y selección de supervisores y capacitadores electorales durante la organización de las elecciones.

En sesión del 25 de agosto, el Consejo General aprobó, en votación dividida, unas reglas que aparentemente relajaron los candados para ser capacitador y supervisor electoral y que abrieron la puerta a la posible participación discreta de militantes de algún partido político.

El acuerdo establece que, si el INE detecta que algún aspirante a ser contratado como capacitador aparece en un padrón de militantes, pero éste afirma que se trató de una afiliación sin su consentimiento, no es necesario que presente una denuncia por ese uso indebido de datos personales para poder seguir participando en el reclutamiento, sino únicamente deberá presentar un oficio de desconocimiento y una solicitud de baja en ese padrón.

Precisamente fueron los consejeros Carla Humphrey, Jaime Rivera, Dania Ravel y Martín Faz, así como Claudia Zavala, quienes votaron en contra de suprimir la obligación de presentar la denuncia.

Ese día, la consejera Zavala reclamó que, de aprobarse la modificación para sólo pedir la constancia de desconocimiento y la solicitud de baja del padrón en el que el aspirante aparece, no se cumpliría con el requisito de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales de comprobar que, verdaderamente, el aspirante no forma parte de algún partido político.

Por eso, consideró que cuando los ciudadanos no cumplen con ese requisito, sí es necesario que se inicie un procedimiento de investigación para tener certeza de que tiene una auténtica intención de no formar parte del partido político.

El acuerdo aprobado en la Comisión de Capacitación y Organización Electoral buscó enmendar en cierta medida lo dictado por el Consejo General para no dejar la puerta abierta a los partidos políticos.

HCM

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