Tribunal Electoral confirma registro de coalición “Va por el Estado de México”

La Sala Superior modificó una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México.

Tribunal Electoral confirma registro de coalición “Va por el Estado de México”. | Especial
Rafael Montes
Ciudad de México /

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el registro de la coalición “Va por el Estado de México”, conformada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Nueva Alianza Estado de México para contender en la elección de la gubernatura de la entidad.

Por unanimidad de votos de los magistrados electorales presentes en la sesión de este miércoles, la Sala Superior modificó una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México y confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

En esa sentencia, el tribunal local había advertido que las quejas presentadas contra la supuesta violación a los estatutos del PAN no fueron estudiadas de forma adecuada; sin embargo, la Sala Superior revocó esa parte de la sentencia, estudió los planteamientos respectivos y sostuvo que el convenio de coalición y la plataforma electoral sí se aprobaron por el órgano directivo competente del PAN.

El asunto se originó a partir de la impugnación de Morena y del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), respecto del acuerdo de coalición mencionado.

En su sentencia, el tribunal local desestimó la totalidad de sus planteamientos y confirmó el acuerdo, por lo que Morena y el PVEM acudieron ante la Sala Superior y alegaron que la solicitud de registro del convenio se presentó fuera del plazo legal previsto, que fue indebido que se le requiriera a los partidos solicitantes para subsanar deficiencias y hubo un incumplimiento de diversos requisitos legales y estatutarios.

La Sala Superior, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, coincidió con la determinación local y confirmó que la solicitud del registro del convenio se presentó oportunamente, en términos de las fechas definidas en el calendario del proceso electoral, que el requerimiento para subsanar deficiencias fue correcto, pues se justificó en la garantía de los derechos a la libre asociación y de ser oído en juicio y que se cumplieron con las normas aplicables y con las estatutarias.

JLMR 

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