El Tribunal Electoral concluyó que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena no fue exhausta al determinar la separación inmediata de Laila Yamillé Mtanous Castaño de la presidencia del Consejo Estatal del partido en Coahuila, por apoyar al precandidato del Partido del Trabajo para la gubernatura, Ricardo Mejía Berdeja, y no a Armando Guadiana.
La sentencia concluye textualmente que “la responsable faltó al deber de exhaustividad en el análisis integral de todos los agravios planteados por la actora en su escrito de recurso de revisión intrapartidista. En consecuencia, procede ordenar a la CNHJ que dé respuesta completa a los planteamientos de la actora, conforme a lo analizado en esta sentencia”.
Por lo que ordena que “la CNHJ se pronuncie en un plazo no mayor a cuarenta y ocho horas, respecto de la totalidad de los motivos de inconformidad planteados por la actora”.
El 24 de enero de 2023, Mario Delgado, en representación del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, presentó una queja contra la presidenta del Consejo Estatal de Morena en Coahuila y otras 22 personas, por supuestamente apoyar públicamente al precandidato a gobernador del Partido del Trabajo durante el proceso electoral.
Y pidió como medidas cautelares la separación inmediata del cargo y las funciones que ostenta como miembro del Consejo Estatal, así como la suspensión provisional de sus derechos como militante y simpatizante de Morena.
Esto, después de que la presidenta de Morena en Coahuila apoyó públicamente al ex secretario de Seguridad Pública, quien ahora compite por el PT e incluso, acusó a Mario Delgado de haber “vendido” al Estado por impulsar por Armando Guadiana y no a Ricardo Mejía Berdeja.
El 27 de enero, la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia determinó la separación provisional de su encargo y funciones; le ordenó abstenerse de participar activa o pasivamente en cualquier evento organizado por algún partido político o por precandidatos o candidatos distintos a Morena; y que el CNE lleve a cabo gestiones para garantizar el funcionamiento de los órganos partidistas que representa la actora.
Aunque la dirigente coahuilense impugnó ante los órganos internos partidarios, la CNHJ reafirmó su decisión, al argumentar que no vulneró la presunción de inocencia y es apegado a derecho porque los partidos políticos tienen normas de participación política y de intervención en los procesos electorales a las que está sujeta la militancia, por lo que tampoco se lesiona sus derechos.
Lo que Laila Yamillé Mtanous Castaño impugnó y se remitió a la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación, en donde esta tarde, en un proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, se le dio la razón al considerar que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia no fue exhaustiva.
La sentencia concluyó que “las medidas cautelares adoptadas no se basan en ningún artículo del reglamento de sanciones; no considera las pruebas aportadas por la acusada, no justifican que la decisión sea proporcional a la aparente infracción de apoyar a una candidatura de fuerza opositora a Morena”.
Por lo que, con el voto en contra del magistrado José Luis Vargas, le dieron a Morena 48 horas para pronunciarse considerando los alegatos de la presidenta local del partido y justificando el porqué de esta determinación, en caso de llegar a la misma conclusión.