Van 378 renuncias a candidaturas para ayuntamientos y diputaciones en Edomex

Sólo en 9 casos tienen impacto directo en las boletas.

Consejo General del IEEM. Fotos: (Iván Carmona)
Claudia Hidalgo
Toluca /

Al menos 378 candidatos y candidatas a presidencias municipales, diputaciones, regidurías y sindicaturas renunciaron a la contienda y se tuvieron que hacer sustituciones, sin modificar las boletas electorales, por lo cual el 2 de junio habrá varios casos donde la gente vote por una persona, pero los sufragios cuenten para otra.

La consejera presidenta del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), Amalia Pulido Gómez, dio a conocer que el número de renuncias no es significativo, pues representa sólo 4.85 por ciento del universo de participantes que conglomera a 7 mil 786 personas en busca de mil 302 cargos a nivel municipal y distrital. 

De estas renuncias y sustituciones ya aprobaron en sesión del Consejo 156, de las cuales la mayoría han sido regidurías, ya sea propietarias o suplentes. Los únicos casos donde se cambió a la candidatura propietaria, donde la boleta tendrá un nombre que legalmente ya no participa son, hasta el momento, tres diputaciones y seis ayuntamientos.

¿Dónde cambiaron?

Con base en los acuerdos de las sesiones de los días 7, 9, 13 y 17 de mayo, los únicos casos donde se cambió al propietario y ya no se pudo modificar la boleta porque ya estaban en producción es el distrito 44 de Nicolás del PRD, el 33 de Ojo de Agua de Movimiento Ciudadano y el 1 de Chalco de "Fuerza y Corazón por México".

En las boletas municipales está el caso de Villa del Carbón, donde cambió el candidato a alcalde de "Sigamos Haciendo Historia", al igual que el de Zacazonapan, Jaltenco del PT, El Oro del PRD, Temamatla de Nueva Alianza y Malinalco del PRI.

Falta conocer los ajustes que se hagan en la sesión programada para este martes 21 de mayo, donde se van a procesar 90 sustituciones, ya sólo está pendiente atender otras 132, para conocer todos los casos donde las y los electores van a ver en la boleta el nombre de una persona que ya no está participando y quizá haya confusión porque vio propaganda a nombre de otra persona que no aparece en las opciones.

En todos estos casos los votos cuentan legalmente para quien está acreditado ante el Instituto Electoral, no quien está inscrito en las boletas electorales.

La consejera presidenta reiteró que el poco tiempo que tienen para mandar a imprimir las boletas para hacer la entrega a tiempo, impide que se puedan reimprimir las boletas; además del costo que esto implicaría. En ningún caso es algo nuevo para los partidos, quienes ya sabían que materialmente resulta imposible modificar la papelería electoral.

¿Qué dice la ley?

Legalmente, la sustitución de candidatos y candidatas se da en tres plazos. El primero es del 10 al 19 de abril, cuando todavía está abierto el registro de candidaturas y los partidos pueden hacer todos los cambios que consideren necesarios, sin el visto bueno del Instituto. El segundo es del 20 de abril al 12 de mayo, siempre y cuando la persona registrada renuncie.

El tercer plazo es del 20 de abril al 2 de junio. En estos casos se pueden hacer sustituciones por causas de fallecimiento, inhabilitación o incapacidad. Todavía es posible que alguien renuncie a su cargo, pero en este lapso esos lugares ya no pueden ser ocupado y se quedan acéfalos.

PNMO

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