En México se regulará la participación de los agentes extranjeros, luego de que se publicó este jueves en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional por el que se establecen las disposiciones generales que rigen la organización y funcionamiento del grupo de alto nivel de seguridad y el de coordinación operativa.
Desde este viernes, deberán ser considerados como grupos de trabajo que brindarán apoyo al Consejo de Seguridad Nacional en todas sus interacciones recíprocas con agentes representantes de gobiernos extranjeros.
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El grupo de Alto Nivel de Seguridad deberá gestionar los programas y temas estratégicos de cooperación que se deriven de los convenios internacionales que contribuyan a conservar la seguridad del país, además de autorizar la celebración de reuniones entre servidores públicos de los tres niveles de gobierno con agentes extranjeros.
Deberá proponer a las autoridades competentes que resulten necesarias para lograr convenios internacionales en la materia, así como designar a los funcionarios que recibirán y autorizarán dichas reuniones. Se deberá llevar un registro de todas las reuniones que se celebren, tanto con agentes extranjeros y con representantes de misiones acreditadas en México.
Este grupo deberá de realizar sus propias reglas de funcionamiento interno para lograr estas disposiciones, pero deberá de respetar las que le sean asignadas por el Consejo de Seguridad Nacional.
Todas sus sesiones serán a convocatoria del representante de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y todas serán de carácter reservado, así como las actas y documentos que se generen en las mismas.
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El grupo de Coordinación Operativa será el encargado de coordinar y supervisar la ejecución de convenios internacionales y darles seguimiento, programas o acciones suscritos por el Estado en seguridad, prestar auxilio logístico a las reuniones que celebren las autoridades mexicanas con agentes extranjeros.
Además, de coadyuvar con las autoridades competentes para la gestión de un sistema para el trámite de las solicitudes de intercambio de información con los gobiernos de otros países en materia de seguridad.
En cuanto a sus sesiones, serán a convocatoria de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), con las mismas condiciones que el grupo de alto nivel. Todas las medidas que no se opongan a dichas disposiciones continuarán vigentes.
LG