A unas horas de que se defina la situación legal de los presidentes municipales Epazoyucan, Huautla, Nopala y Yahualica señalados por los delitos de peculado agravado y uso ilícito de atribuciones y facultades, de ser vinculados a proceso asumirían el cargo sus suplentes.
La Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo establece que las faltas del Presidente Municipal que no excedan de 15 días, serán cubiertas por el Secretario General Municipal, cuando excedan de este término será llamado el Suplente; si éste faltare, tomará el cargo de la Presidencia el Regidor que apruebe el Ayuntamiento, si antes no se nombrara el sustituto por el Congreso del Estado.
El Ayuntamiento podrá conceder licencia al Presidente Municipal hasta por treinta días llamando a quien debe suplirlo; si la licencia fuese por un periodo mayor, conocerá de ella y resolverá el Congreso del Estado, escuchando previamente la opinión del Ayuntamiento.
La Ley precisa que cuando el Presidente sustituto se niegue a entregar el cargo incurrirá en responsabilidad, en este caso el titular dará aviso a los integrantes del Ayuntamiento, para que se le restituya en el cargo, con la intervención del Congreso del Estado.
En tanto, la Constitución Política del Estado de Hidalgo establece que son facultades y obligaciones del Ayuntamiento conceder licencia al Presidente Municipal hasta por treinta días y llamar a quien debe suplirlo; si la licencia fuese por un periodo mayor, conocerá de ella y resolverá el Congreso del Estado, escuchando previamente la opinión del Ayuntamiento.
El pasado 23 de noviembre los presidentes municipales de Epazoyucan, Huautla, Nopala y Yahualica fueron detenidos por los delitos de peculado agravado y uso ilícito de atribuciones y facultades por un presunto desvío de 172 millones 978 mil 67 pesos. El presidente de Nopala quedó en libertad al mostrar un amparo, sin embargo su proceso continúa.
Santiago Nieto Castillo, encargado de Despacho de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH), señaló que el delito de peculado agravado tiene una penalidad de cuatro a 14 años de prisión la cual puede tener una ampliación de hasta un tercio más, mientras que el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades tiene una pena de uno a ocho años de prisión.