La reforma propuesta por el Poder Ejecutivo en febrero va en detrimento de la capacidad analítica del juez y contra las garantías inalienables, pues se propiciará el autoritarismo al favorecer intereses que no son necesariamente jurídicos, advirtieron expertos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
Yuri Pavón Romero, director del Seminario de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho, recordó que la suspensión, un recurso de la Ley de Amparo, es una medida cautelar que tiene como objetivo paralizar provisionalmente en beneficio de la población los actos de la autoridad, con una óptica clara de derechos humanos.
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En los foros 'Reforma Constitucional en Materia de Justicia', organizados por la máxima casa de estudios del país, el especialista consideró que lo correcto sería tener métodos o normas específicas para llegar a una suspensión y la iniciativa presentada no lo plantea.
Por ello, si se pierde o niega a los jueces la posibilidad de argumentar en este sentido no se tendría un proceso reflexivo que les permita actuar en beneficio de las personas.
Por su parte, Alberto Abad Suárez Ávila, del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), recordó que en los últimos años ya se han dado casos de suspensión; por ejemplo, en la vacunación en niños contra la covid-19 o la distribución de libros de texto.
El también coordinador del área de Sociología del Derecho del IIJ, estimó que la reforma propuesta es congruente con los medios de control en el país, pero esto no quiere decir que sea buena.
Sugirió que una suspensión solo debe proceder si es decretada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por mayoría de votos y que sea un proceso completamente excepcional, para que no cualquier juez o ministro lo haga.
Ante académicos y expertos reunidos en el auditorio Héctor Fix Zamudio, del IIJ, Angélica Manríquez Pérez, profesora de la FD, apuntó: el juez es el centinela de la libertad, y cuando tiene miedo o depende de gobiernos, influencias o pasiones, ningún ciudadano puede dormir tranquilo.
Detalló que eliminar -a través de la reforma a la Ley de Amparo- la posibilidad de que la suspensión sea otorgada solo como una medida excepcional, implica ir en contra del Artículo Primero constitucional.
“Hago votos porque el Poder Legislativo analice con seriedad esta reforma, que impacta seriamente a ese pueblo que ha puesto en el centro de la discusión”, agregó.
En la reunión moderada por Ángela Quiroga Quiroga, directora General de Estudios de Legislación Universitaria, Leonardo Fragoso Cruz, profesor de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón, dijo que los ciudadanos necesitan la resolución de un problema judicial y eliminar el recurso de la suspensión en la Ley de Amparo puede afectar en la implementación de políticas públicas en favor de los mexicanos, por ejemplo, aquellas relacionadas con el medio ambiente.
Enfatizó que, independientemente de una posible reforma, los jueces deben hacer siempre una valoración y ponderación de los derechos humanos. Puede existir alguna restricción, pero no se debe interpretar como una completa prohibición; se habla de discrecionalidad, sin embargo, tampoco debe ser absoluta, pues tiene que estar apegada a principios constitucionales y al derecho.
Foro de expertos de UNAM
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