De enero a abril de este año se han iniciado en la Fiscalía de Delitos de Desaparición de Personas de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH), 188 carpetas de investigación por desaparición de mujeres de las cuales sólo 46 continúan abiertas.
De acuerdo con la Procuraduría, de las 188 carpetas de investigación en 139 se la localizado a las mujeres con vida, tres fueron halladas sin vida y se tienen 46 pendientes de su localización.
Los municipios en donde más se inician las carpetas de investigación por la desaparición de mujeres son: Pachuca de Soto, Mineral de la Reforma, Tizayuca, Tulancingo de Bravo, Tula de Allende y Acaxochitlán.
La Procuraduría precisó que las causas que originan la desaparición de mujeres, obedece en su mayoría a situaciones de violencia de género como problemas intrafamiliares, embarazos no deseados y agresiones sexuales, entre otros motivos.
Enfatizó que el contexto de violencia las hace vulnerables o las pone en riesgo y por ello pueden tomar decisiones que por su propia voluntad se ausentan y en consecuencia son reportadas como no localizadas.
Ante la desaparición de una persona la Ley en Materia de Desaparición de Personas del Estado para el estado de Hidalgo establece los pasos a seguir para denunciar los hechos ante la Fiscalía de Delitos de Desaparición de Personas o la Comisión de Búsqueda de Personas.
El procedimiento
La ley aprobada el 19 de julio de 2021 precisa que cualquier persona puede solicitar la búsqueda de una persona desaparecida mediante: noticia, reporte o denuncia, que pueden realizarse de forma anónima y, tratándose de denuncia, no será necesaria su ratificación. La búsqueda y la investigación se llevarán a cabo sin dilación.
El reporte puede realizarse las 24 horas del día, todos los días del año, mediante cualquiera de los medios siguientes: telefónico, a través del número único estatal habilitado para tal efecto; medios digitales; y presencial, ante la Comisión de Búsqueda de Personas, la Fiscalía de Delitos de Desaparición de Personas o cualquier Agencia del Ministerio Público, en el caso que sea ante esta última se deberá dar aviso inmediato a las dos primeras y remitirle la carpeta de investigación correspondiente a la brevedad.
Cuando la distancia o los medios de comunicación no permitan realizar el reporte en los términos anteriores, este puede realizarse ante la policía o la autoridad municipal que el ayuntamiento de que se trate designe para tal efecto y que cuente con la capacitación para aplicar el protocolo de búsqueda correspondiente, la cual dará aviso de inmediato a la Comisión de Búsqueda de Personas y a la Fiscalía Especializada, remitiéndole las actuaciones respectivas.
Fiscalía de Delitos de Desaparición de Personas deberá coordinarse con la Fiscalía Especializada de la Fiscalía General de la República (FGR) y Fiscalías Especializadas de otras entidades federativas a efecto de dar impulso permanente a la búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas.
Las autoridades que reciban la denuncia, el reporte o noticia deberán implementar inmediatamente las acciones de búsqueda que les correspondan, de conformidad con lo dispuesto en el protocolo correspondiente.
En México, actualmente hay más de 20 mil mujeres reportadas como desaparecidas o no localizadas. La mitad de esos casos ocurrieron en cinco entidades entre las que se encuentra Nuevo León y el rango de edad más frecuente de de los 15 a los 19 años.