Giovanni López, víctima de ejecución extrajudicial por policías municipales: CEDHJ

La Comisión denunció que los actos cometidos por los agentes de la policía municipal en contra de Giovanni, al detenerlo el pasado 4 de mayo, fueron realizados con toda la intención de someterlo, causarle sufrimiento e intimidarlo.

Giovanni López fue detenido en Jalisco y posteriormente falleció (Especial)
Selene Flores
Jalisco /

La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) emitió un informe especial donde concluyó que la muerte de Giovanni López se trató de una ejecución extrajudicial a manos de agentes municipales de Ixtlahuacán de los Membrillos.

“Se está ante un caso de una ejecución extrajudicial en la que se privó de la vida a Giovanni López, ya que su fallecimiento ocurrió cuando se encontraba bajo la custodia de elementos policiales y en instalaciones del gobierno municipal”, concluyó la Comisión.
Durante la detención de Giovanni, fue golpeado de manera excesiva por parte de los agentes de la policía municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos al momento de detenerlo. Su muerte ocurrió bajo la custodia de los elementos de seguridad pública municipal y todo indica que su fallecimiento fue a consecuencia de las lesiones que sufrió y que aparecen en el parte médico”, agregó.

La Comisión denunció que los actos cometidos por los agentes de la policía municipal en contra de Giovanni, al detenerlo el pasado 4 de mayo, fueron realizados con toda la intención de someterlo, causarle sufrimiento e intimidarlo.

“Todos los golpes y lesiones ocasionados fueron de manera consciente y desproporcionada, lo que derivó en su fallecimiento. Al golpear en repetidas ocasiones al agraviado, los agentes policiales generaron actos de tortura, violando su derecho a la integridad personal”, refirió.

De acuerdo con la ficha de la detención, se confirmó que Giovanni ingresó a los separos municipales a las 22:17 horas del 4 de mayo, y los elementos que llevaron a cabo su detención tripulaban la unidad M-39; se advirtió además el alcaide a cargo asentó que, al momento de ingresar, el detenido no se encontraba en buen estado de salud.

En la inspección a los separos se advirtió que el circuito cerrado de video vigilancia no tiene sistema de almacenamiento por lo que no existían videos del día de los hechos, y una de las cámaras de las dos celdas no funcionaba adecuadamente y no existía una adecuada iluminación.

Se constató que el Juzgado Municipal no cuenta con médico de guardia y los servicios médicos municipales se encuentran aproximadamente a 1.2 kilómetros.

Se revisó el parte médico de lesiones, el cual fue elaborado a las 21:50 horas por el doctor de servicios médicos municipales, asentándose como lesiones: contusiones localizadas en ojo derecho y ojo izquierdo, pómulo izquierdo; tórax anterior parrilla costal lado derecho; epigastrio, mesograstrio, así como múltiples contusiones. El médico recomendó la toma de radiografías de cráneo y región abdominal, las cuales no se realizaron.

En la entrevista con el director de los servicios médicos municipales refirió que el parte médico lo elaboró a una distancia de por lo menos dos metros de la víctima y las veces que lo tuvo a la vista no observó alguna herida por arma de fuego.

Señaló que la víctima reingresó el 5 de mayo y estuvo en la sala de choque por aproximadamente tres horas, sin conocer los motivos del regreso del detenido al centro de socorros. Indicó que ese día Giovanni fue atendido por otro médico.

En seguimiento a la investigación, personal de este organismo acudió a un hospital particular de Chapala, a donde fue trasladado Giovanni de emergencia para practicarle una tomografía de cráneo. En un escrito, directivos de ese hospital indicaron que Giovanni nunca ingresó como paciente sino que a las 10:00 horas del 5 de mayo, llegó en una ambulancia del Sistema de Atención Médica de Urgencias acompañado por dos paramédicos, dos policías y una persona más con uniforme de especialista, al parecer el responsable del manejo del paciente a practicarle una tomografía.

Señalaron que mientras esperaban a que se desocupara el área de TAC, notaron que Giovanni se encontraba muy agitado y trataba de bajarse de la camilla, además de mover pies y manos. Al indicarles que podían pasar realizarle el estudio, el responsable del manejo del paciente informó que el estudio no se realizaría y se retiraron sin señalar motivo alguno.

De la comunicación que se tuvo con la autoridad ministerial se señaló que la muerte de Giovanni ocurrió en los Servicios Médicos Municipales de Ixtlahuacán, de la cual tuvo noticia a las 12:00 horas del 5 de mayo. Posteriormente fue trasladado al Servicio Médico Forense del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, sin que se conozca quién reclamó el cuerpo. El acta de defunción consigna como causa de muerte “trauma craneoencefálico”.

​jlmr

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