Tras los primeros cinco meses de la administración del gobernador, Julio Menchaca Salazar, se iniciaron en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH) 188 carpetas de investigación por el delito de homicidio.
De acuerdo con el reporte de incidencia delictiva de fuero común 2022, elaborado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en septiembre se iniciaron 42 carpetas de investigación, 38 en octubre, en noviembre 39 y en diciembre 34.
En enero de este año se iniciaron en la Procuraduría del estado 35 carpetas de investigación por homicidio, de las cuales 20 fueron por homicidio doloso y 15 por homicidio culposo. De las 20 carpetas por homicidio doloso en ocho se utilizó arma de fuego, en dos arma blanca y diez con otro elemento. De las 15 carpetas de homicidio doloso, diez fueron por accidente de tránsito y cinco con otro elemento.
De las 42 carpetas de investigación iniciadas en septiembre del 2022, 17 son de homicidio doloso y 25 de homicidio culposo; de las 38 carpetas de octubre, 24 corresponden a homicidio doloso y 14 a homicidio culposo; de las 39 carpetas de noviembre, 24 son de homicidio doloso y 15 de homicidio culposo; y de las 34 carpetas de diciembre, 14 corresponden a homicidio doloso y 20 de homicidio culposo.
En los homicidios se han utilizado armas de fuego, armas blancas, otro elemento además de registrarse accidentes de tránsito, precisan las estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
El Código Penal para el Estado de Hidalgo establece en el capítulo de homicidio que al que dolosamente prive de la vida a otro, se le impondrá de diez a 30 años de prisión y multa de 100 a 300 días.
En tanto, al que prive de la vida a otro en riña, se le impondrá de tres a diez años de prisión y multa de 10 a 150 días, tomándose en cuenta si el autor fue provocador o provocado.
El Código Penal también establece que al que dolosamente prive de la vida a cualquier ascendiente o descendiente o colateral hasta el segundo grado; a su cónyuge, concubino, adoptante o adoptado, o menor o incapaz bajo su custodia, con conocimiento de ese parentesco o relación, se le impondrá de veinte a cuarenta años de prisión y multa de 200 a 500 días.
De igual modo, se impondrá de veinticinco a cuarenta años de prisión y multa de 300 a 500 días, al responsable del homicidio calificado. Se impondrán las mismas penas cuando el homicidio sea cometido intencionalmente, a propósito de una violación o un robo por el sujeto activo de éstos, contra su víctima o víctimas; o cuando el homicidio se cometa intencionalmente en casa habitación, habiéndose penetrado en la misma de manera furtiva, con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo.