INAH debe informar sobre restauración en templo de Puebla tras sismos de 2017

El fallo hace referencia trabajos de restauración realizados en el Templo del Señor de Esquipulas, en Tezonteopan de Bonilla, Puebla.

En Puebla, 518 templos resultaron dañados. (Cuartoscuro)
Sandra Rojas
Ciudad de México /

El Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) debe entregar copia simple de la versión pública de todos los documentos que integren el expediente sobre los trabajos de restauración realizados en el Templo del Señor de Esquipulas, en Tezonteopan de Bonilla, Puebla, para atender las afectaciones que sufrió el inmueble como consecuencia de los sismos de septiembre de 2017, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el recurso de revisión ante el Pleno, la comisionada Josefina Román Vergara destacó que se trata de un asunto que permite reflexionar sobre la necesidad de acceder a información relacionada con la conservación del patrimonio cultural de México.

“Consideramos que la entrega de la información requerida propicia la responsabilidad institucional de generar información oportuna y de calidad que contribuya a fortalecer su utilidad ya que nos permitirá, tanto en materia de rendición de cuentas como de transparencia, contribuir a que la ciudadanía sea partícipe del patrimonio cultural al que pertenece y sea testigo de los trabajos que las dependencias realizan para su conservación. Me parece que es de gran importancia que la ciudadanía, particularmente quienes viven cerca de estos monumentos, tengan información”, señaló Román Vergara.

Una persona solicitó al INAH copia simple de la versión pública de todos los documentos que integren el expediente sobre los trabajos de restauración realizados en el Templo del Señor de Esquipulas, en Tezonteopan de Bonilla, Puebla, para atender las afectaciones que sufrió el inmueble como consecuencia de los sismos de septiembre de 2017.

En respuesta, el sujeto obligado, a través del Centro INAH Puebla informó que el inmueble se encuentra en proceso de restauración que aún no concluye, por lo que, una vez terminados dichos trabajos, sería posible la entrega de la información requerida.

La persona recurrente presentó recurso de revisión ante el INAI al considerar que la respuesta no corresponde con lo solicitado, debido a que diversos documentos son generados antes de que se inicie los trabajos de reconstrucción.

Del análisis realizado por la ponencia a cargo de la ponencia de la Comisionada Josefina Román Vergara se concluyó que “la respuesta del sujeto obligado efectivamente no corresponde con lo requerido porque, aun y cuando los trabajos de restauración del Templo del Señor de Esquipulas no han concluido, el INAH se encuentra en posibilidad de conocer todos aquellos documentos que se hayan generado hasta el momento, al ser la instancia que otorga los permisos y da seguimiento a las restauraciones que se efectúan en los monumentos históricos”.

Además, aunque se manifestó que se hizo válida la póliza de seguros contratada con Seguros Banorte, Grupo Financiero Banorte, lo cierto es que, el sujeto obligado es quien autoriza los trabajos de mantenimiento y restauración, así como el seguimiento de estos, añadió.

Por tanto, “concluimos que el sujeto obligado se encuentra en posibilidad de otorgar alguna expresión documental que dé cuenta de los trabajos de restauración que se han llevado a cabo hasta el momento en el Templo referido”, expresó.

Román Vergara señaló que dicho inmueble ubicado en Tezonteopan de Bonilla, Puebla, corresponde a uno de los 518 templos que, al interior del estado, fueron dañados a causa del sismo del 19 de septiembre de 2017 y que por sus características arquitectónicas es considerado como parte de nuestro patrimonio cultural, por tanto, claro que es necesaria su conservación.

El Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del INAH para que realice una nueva búsqueda exhaustiva en las unidades administrativas competentes, como lo es el Centro INAH Puebla, y entregue a la persona solicitante la información requerida.

GGA

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