Estas dependencias deben atender solicitudes de transparencia en pandemia

Conoce las dependencias con actividades esenciales que deben responder tus solicitudes de transparencia aún en la pandemia por el coronavirus.

Comisionados del INA (Twitter | @INAImexico)
Rafael Montes
Ciudad de México /

Más de 240 dependencias federales, incluidas 15 secretarías de Estado y más de 70 fondos y fideicomisos, están obligadas a responder de inmediato a las solicitudes de transparencia que se les formulen durante la epidemia del coronavirus covid-19, pues realizan actividades esenciales.

Así se establece en el acuerdo del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) mediante el cual se decidió levantar la suspensión de plazos, dictada el 20 de marzo, a todas las instituciones encargadas de realizar actividades consideradas esenciales por el Consejo de Salubridad General, durante la epidemia del covid-19.

En la sesión del INAI del 30 de abril, el organismo decidió ampliar la suspensión de plazos hasta el 30 de mayo a todas las instituciones públicas que no realicen actividades esenciales, pero levantó dicha suspensión de manera inmediata a todas las dependencias que, según la autoridad sanitaria federal, tiene funciones que son esenciales de realizar durante la fase de emergencia.

En esa sesión, no se precisó cuáles eran las dependencias incluidas en esa decisión, pues únicamente se hizo referencia al acuerdo de la Secretaría de Salud publicado el 31 de marzo en el Diario Oficial de la Federación, en el que se describen las actividades consideradas esenciales, mas no cuáles son las instituciones que las realizan.

No obstante, el INAI, en su calidad de autoridad en materia de transparencia, definió cuáles son esas instituciones que realizan actividades esenciales, a las que ya no les aplica la suspensión de plazos para cumplir con sus obligaciones en materia de transparencia y de protección de derechos ARCO de datos personales.

Según el acuerdo publicado por el INAI, se trata de 243 sujetos obligados dependientes del gobierno federal, incluidos 76 fondos y fideicomisos, así como un órgano autónomo, que es el propio INAI, los cuales deberán responder en tiempo y forma de acuerdo con los plazos establecidos en la ley de transparencia.

¿Qué dependencias están obligadas a responder?

Por lo tanto, las instituciones a las que la suspensión de plazos ya no les aplica son casi todas las secretarías: Agricultura, Comunicaciones y Transportes, Desarrollo Urbano, Bienestar, Economía, Energía, Gobernación, Hacienda, Defensa, Marina, Relaciones Exteriores, Salud, Seguridad y Trabajo, así como la Oficina de la Presidencia y la Consejería Jurídica.


Las demás dependencias obligadas a responder solicitudes son todas las instituciones del sector Salud, 21 hospitales e institutos de tercer nivel, 16 puertos marítimos, el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Comisión Federal de Electricidad y Petróleos Mexicanos y sus filiales.

Organismos como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Ambiente, Comisión Nacional del Agua, Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Reguladora de Energía, Banco del Bienestar, entre otros, también están obligadas. 

La lista completa puede consultarse aquí

Éstas instituciones siguen en pausa 

En la lista de instituciones con actividades esenciales sólo se excluyó a las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la de Turismo, la de Cultura y la de Educación Pública, así como a los poderes Legislativo y Judicial y el resto de órganos autónomos como el Instituto Nacional Electoral, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y la Fiscalía General de la República, entre otros, instituciones que mantendrán la suspensión de plazos hasta, al menos, el 30 de mayo.

Si éstos tienen actividades relacionadas con la emergencia por covid-19, deberían hacer pública esa información de manera proactiva.

Los recursos de revisión contra las respuestas de estas instituciones deberán atenderse sin prórroga por parte del INAI.

El INAI aclaró que en el caso de “las solicitudes de acceso a la información y de ejercicio de derechos ARCO, en los que la búsqueda, localización, recolección o cualquier otro procedimiento para la obtención de lo solicitado, implique situaciones de riesgo para el personal de las unidades administrativas correspondientes, al tener que desatender instrucciones que ha emitido el Gobierno Federal o las determinaciones que los propios sujetos obligados han establecido para implementar medidas, a fin de mitigar los riesgos que el covid-19 representa para la salud, ello deberá hacerse del conocimiento del solicitante, de manera fundada y motivada, en el menor tiempo posible”.

Además, las personas servidoras públicas que por su edad o condiciones de salud se encuentren en riesgo ante el covid-19 no podrán acudir a las oficinas públicas a realizar guardias o a buscar información que haya sido solicitada por los ciudadanos. 

jlmr

LAS MÁS VISTAS