Fonatur debe entregar documentos del Tren Maya traducida a lenguas indígenas: INAI

Un ciudadano solicitó vía transparencia avisos de privacidad de los decretos expropiatorios, evaluaciones, valuaciones o cualquier otro documento traducidos a lenguas indígenas.

En el análisis de la ponencia de la comisionada Del Río se declaró el agravio como fundado. | Facebook
Rafael Montes
Ciudad de México /

El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) deberá proporcionar en lenguas indígenas los avisos de privacidad de todos los documentos relacionados con los pagos de los predios expropiados en la península de Yucatán para la construcción del Tren Maya.

Un ciudadano solicitó vía transparencia los avisos de privacidad de los decretos expropiatorios, evaluaciones, valuaciones y/o cualquier otro documento que contenga información que esclarezca la modalidad de pago de todo lo expropiado y cuánto se pagará por cada terreno, traducidos a lenguas may, mixteco, chinantenco, mazateco y demás lenguas indígenas que pertenezcan a las familias lingüísticas maya, chontal de Oaxaca, totonaca y mixe-zoque.

En respuesta, Fonatur se declaró incompetente para atender la petición y sugirió al ciudadano realizar su solicitud a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).

En su petición, el ciudadano solicitante expresó que “las comunidades y pueblos indígenas afectados pretendemos unir fuerzas y comenzar diversos trámites, en conformidades en varias instancias”.

Ante la respuesta negativa de Fonatur, el solicitante presentó recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ante el cual se inconformó por la declaración de incompetencia de Fonatur.

En específico, su queja se centró en la negativa a entregar los avisos de privacidad en idioma español y traducidos en diversos idiomas de pueblos originarios.

El caso fue presentado ante el pleno del INAI por la comisionada Norma Julieta del Río, quien aclaró que la persona recurrente no se inconformó con lo relativo al decreto expropiatorio y demás documentación de la primera parte de la solicitud.

En los alegatos presentados ante el INAI, Fonatur reiteró que no cuenta con la información respecto al decreto expropiatorio de evaluación, validación y/o cualquier otro documento que contenga esta información.

En el análisis de la ponencia de la comisionada Del Río se declaró el agravio como fundado.

En un alcance, Fonatur asumió su competencia y modificó su respuesta inicial, con lo cual remitió un vínculo electrónico para acceder a los avisos de privacidad en idioma español con los que cuenta, por ello esa parte del recurso se sobresee parcialmente.

No obstante, los avisos de privacidad no fueron entregados en la modalidad solicitada, es decir, traducidos a los idiomas de los pueblos originarios indicados en la solicitud que hace la persona originalmente.

La comisionada Del Río expuso que la ley de transparencia establece como una obligación de todos y cada uno de los sujetos obligados de promover acuerdos con instituciones públicas especializadas, que pudieran auxiliarles a entregar las respuestas a solicitudes de información en lengua indígena, braille o cualquier otro ajuste razonable con el formato accesible correspondiente, lo cual será facultad del responsable de la Unidad de Transparencia.

Además, dijo que la ley establece la obligación de atender las necesidades del derecho de acceso a la información de toda persona, procurando su accesibilidad y traducción en lenguas indígenas.

“Esta ponencia ha expuesto previamente recursos de revisión sobre la obligación de garantizar el acceso a la información pública que demuestre la legalidad de cada decisión y acción emprendida para llevar a cabo los proyectos de infraestructura, especialmente si se trata de obras consideradas prioritarias, como la que nos ocupa, que es el Tren Maya”, dijo la comisionada.


“Así lo dispone la legislación en la materia de transparencia a nivel nacional e internacional, por ejemplo, el acuerdo de Escazú ratificado por México en el 2021, se refiere, especialmente, a facilitar el acceso a la información ambiental de las personas o grupos de situación de vulnerabilidad con la finalidad de fomentar el acceso y participación en igualdad de condiciones”, añadió.

Por ello, dijo, “pedimos que se entregue esta información en las lenguas que ellos establecen, porque las personas de los pueblos originarios, como cualquier otra persona, tienen el derecho de estar informados en su idioma”.

El pleno del INAI respaldó su propuesta de resolución y ordenaron a Fonatur entregar los avisos de privacidad traducidos a las lenguas solicitadas, para lo cual, deberá de llevar a cabo todas y cada una de las gestiones que sean necesarias para entregarlos de esa manera.

JLMR

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