El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Instituto de Vivienda de la Ciudad de México (INVI) dar a conocer el listado de las 952 personas beneficiadas con cheques para la reparación de viviendas afectadas por el sismo del 19 de septiembre de 2017.
Dichos recursos fueron entregados entre el 21 de noviembre de 2017 y enero de 2018.
Se trata de un caso del instituto de transparencia de la Ciudad de México (InfoDF), que fue atraído por el pleno del INAI debido a la persistente falta de comisionados en el órgano local.
Al presentar el caso en sesión del pleno, la comisionada Blanca Lilia Ibarra aseguró que el asunto "representa una oportunidad palpable de máxima publicidad, transparencia y utilidad social, pues a través del derecho de acceso es posible obtener información que haga valer otro tipo de derechos y, sobre todo, darle seguimiento al curso del dinero público”.
En su respuesta inicial, el INVI clasificó como confidencial los expedientes y pólizas de cheques derivados del Programa Crédito Emergente para la Reparación de Vivienda, por contener datos personales que requieren consentimiento de su titular para su difusión, entre ellos, las identificaciones de los beneficiarios y por tanto, fotografías, nombres, firmas, Clave Única de Registro de Población (CURP) y domicilio.
Sin embargo, tras el análisis del caso, la comisionada Ibarra advirtió que el INVI está facultado para otorgar apoyos, donativos y ayudas para beneficio social o interés público o general a personas físicas o morales sin fines de carácter político, lo que deberá publicarse en internet, identificando el nombre del beneficiario y el monto recibido, de acuerdo con la Ley de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Además, de la revisión al listado hecho por el INAI, mismo que le envió el INVI con sus alegatos, se encontró que éste contiene el número consecutivo del otorgamiento, el número de entrega, fecha y nombre del beneficiario, "y si bien solamente éste último es un dato personal de carácter confidencial, al tratarse de una ayuda con recursos públicos, se debe difundir, aunque no se cuente con el consentimiento de su titular".
El INAI aseguró que "si bien los créditos otorgados para la reconstrucción de vivienda no corresponden como tal a un programa social, sí constituyen un apoyo solventado con recursos públicos por lo que deben ser administrados con base en criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía y racionalidad, de conformidad con las políticas de transparencia, control y rendición de cuentas".
EB