El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) entregar una lista detallada de jueces y magistrados que fueron sancionadas por faltas graves y faltas no graves entre 2021 y 2023.
En sesión pública, el pleno del INAI resolvió un recurso de revisión promovido por una persona que solicitó al CJF el listado detallado de las sanciones por faltas graves y no graves, el número de expediente del procedimiento disciplinario sancionador, la fecha de resolución, la sanción impuesta, el órgano disciplinario que resolvió, el juez o magistrado sancionado, el órgano jurisdiccional al que estaba inscrito, la causa de la sanción y el hipervínculo de la sanción.
El CJF respondió que la norma establece que los registros de las sanciones por responsabilidades administrativas no graves no serán públicas, por lo que el solicitante se inconformó ante el INAI.
A propuesta de la comisionada Julieta del Río, el pleno del INAI modificó la respuesta que originalmente había entregado el CJF a un solicitante, le instruyó realizar una nueva búsqueda con amplitud, congruencia y exhaustividad en todas las unidades administrativas competentes y entregar los registros de las sanciones relativas a responsabilidades administrativas graves y no graves, como lo pidió el ciudadano.
“Esta búsqueda deberá incluir a su Comisión de Disciplina y la Contraloría del sujeto obligado, áreas que deberán entregar el registro de sanciones por faltas administrativas no graves cometidas por jueces y magistrados, con el nivel de detalle que le están requiriendo”, expuso la comisionada Del Río.
“Este ha sido un tema recurrente en la iniciativa de la Reforma Judicial que se encuentra en desarrollo, pues se busca crear el Tribunal de Disciplina Judicial, que estaría compuesto por cinco magistrados electos por voto popular bajo el entendido de que los casos de abuso de poder son muy comunes y las sanciones, muy contadas”, explicó Julieta del Río al presentar el caso.
“Este pleno, en lo particular, en esta ponencia, no estamos juzgando posturas políticas ni nos inclinamos por ninguna propuesta, simplemente la labor es resolver apegados a Derecho y, en esta situación, y por los criterios que anteceden a esta solicitud, donde han entregado la información y por tratarse de un tema de máximo interés público, que existe en esta coyuntura política en el país, debe de realizarse una búsqueda exhaustiva y entregar la información”, añadió la comisionada.
No obstante, la votación no fue unánime, pues la comisionada Josefina Román emitió un voto particular, es decir, parcialmente contrario, al argumentar que la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, que es la legislación específica y más reciente que norma la publicidad de las sanciones a servidores públicos, expresamente dice que no serán públicas las sanciones por faltas no graves.
Por ello, consideró que sólo se deben publicar las sanciones aplicadas por faltas graves e incluso por delitos de corrupción.
“Se deben hacer públicas las sanciones firmes, relativas a faltas graves que tienen que ver con rendición de cuentas, con combate a la corrupción, con responsabilidades resarcitorias y eventualmente, en temas penales, con reparaciones de daño, pero no así porque hay disposición expresa en contrario de ley específica y más reciente de no publicación de faltas no graves”, dijo Román.
Al respecto, el comisionado presidente Adrián Alcalá se pronunció en favor del proyecto de Julieta del Río, desestimó la argumentación de Román Vergara y explicó que ninguna ley, ni la General de Transparencia, ni la General del Sistema Nacional Anticorrupción, limita a los ciudadanos para conocer la información de sanciones por faltas no graves mediante solicitudes de acceso.
“No es suficiente, y por eso acompaño el sentido que propone la comisionada Del Río, que solamente se difunda información referente a las sanciones graves -disintiendo con mucho respeto de la comisionada Román-, sino que también, desde nuestra óptica, debe difundirse la información referente a las sanciones no graves”, expuso el comisionado presidente.
“Aunque la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción prevén únicamente la publicidad de información relacionada con sanciones administrativas graves, lo cierto es que, desde nuestra óptica, opera un principio de proactividad, sin que lo dicho en dicha normativa implique de ninguna manera que no pueda accederse a los datos relacionados a las faltas no graves, vía el ejercicio de derecho de acceso a la información no pública”, dijo Alcalá.
“Es decir, no significa que la sociedad no pueda tener acceso, vía una solicitud, a las sanciones no graves; pero, además, la publicidad a la que se instruye, en este caso en particular, de ninguna manera afectaría al derecho al honor y buen nombre de las personas juzgadoras que han sido sancionadas o involucradas, ya que estas determinaciones no están en curso, sino que son sanciones o procedimientos que ya causaron estado, que son cosa juzgada y que son inmutables, que son irrevocables”, añadió.
Al argumentar su propuesta, la comisionada Del Río afirmó que “es preferible transparentar esta información y así tener los insumos necesarios para este debate que se está realizando en torno a las propuestas y foros que se están llevando a torno a la reforma al Poder Judicial”.
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