El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a Pemex Transformación Industrial (PTI), filial de Pemex, que entregue el acuerdo reparatorio por 30 millones de dólares que firmó con la empresa Vitol para reparar el daño por los sobornos ofrecidos a funcionarios mexicanos.
Un ciudadano solicitó a PTI el acuerdo reparatorio que suscribió con Vitol Inc y/o su filial Vitol Marketing México S de RL de CV, pero la empresa negó contar con el documento.
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En su respuesta, PTI argumentó que dicho acuerdo fue ejecutado por personal del área jurídica de Pemex, al ser su apoderado legal, y que todas las indagaciones relacionadas con la implementación, seguimiento o con cualquier aspecto que esté vinculado al mencionado acuerdo reparatorio, así como los pagos derivados del mismo, deben ser dirigidos a la Dirección Jurídica de Pemex, por lo que sugirió dirigir la solicitud a esa empresa.
El solicitante se inconformó con la respuesta de PTI y presentó un recurso de revisión ante el INAI.
El asunto fue admitido por el INAI y turnado a la ponencia de la comisionada Norma Julieta del Río, la cual analizó el caso y determinó que PTI sí tiene competencia para responder a lo requerido.
La ponencia encontró que, según el Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos, el director general de la filial PTI tiene como atribución suscribir convenios y contratos y además, de ser el encargado de determinar y suscribir la recisión, suspensión o terminación de los mismos.
Asimismo, al realizar una consulta sobre solicitudes similares previa, la ponencia de la comisionada Del Río encontró que una respuesta a una solicitud similar, en la que se desprende que PTI celebró un convenio de transacción con las empresas Vitol y Vitol SA, el cual es un “instrumento relacionado precisamente con la reparación del daño entre la ofendida y la empresa referida, materia del presente recurso”.
O sea, expuso Del Río, existen estos documentos como antecedentes en PTI.
“Dicho sujeto obligado sí tiene injerencia en la materia de la solicitud, por lo que contrario a lo que manifestó, PTI sí tiene competencia para pronunciarse por lo que se está requiriendo”, concluyó la comisionada.
Por ello, Del Río Venegas propuso revocar la respuesta de PTI y ordenarle que asuma la plena competencia y active el procedimiento de búsqueda para entregar el documento solicitado al ciudadano.
“Recordemos que este recurso de revisión muestra, una vez más, el gran interés de la sociedad por conocer información relacionada con el combate a la corrupción y por acciones para la recuperación del dinero público de casos que han sido conocidos mediáticamente por la sociedad y han causado un daño patrimonial a nuestro país, como es el de este recurso”, dijo.
Recordó que Vitol Inc. ha sido presuntamente señalada por sobornar a funcionarios de Pemex para obtener contratos y permisos en el sector energético bajo procedimientos muy poco claros.
Sesión ordinaria del INAI:
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