INE restituirá a Edmundo Jacobo esta tarde, tras primer revés al ‘Plan B’

El viernes una jueza consideró que el despido del secretario ejecutivo podría ser inconstitucional.

Edmundo Jacobo, ex secretario ejecutivo del INE, durante un sorteo en el instituto. | Cuartoscuro
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Consejo General del INE restituirá a Edmundo Jacobo esta tarde en la Secretaría Ejecutiva, tras lograr una suspensión definitiva al despido que ordenó el llamado Plan B, lo que significó el primer gran revés legal en contra de la reforma electoral.

El viernes, la jueza federal Blanca Lobo concedió una suspensión definitiva al cese del secretario ejecutivo del INE, a pesar de que días antes, ella misma, se lo había negado.

Por lo que el INE estaba listo para convocar a sesión en cualquier momento de este lunes, en cuanto reciban la notificación de la jueza, de acuerdo con el Reglamento de sesiones, las y los integrantes del Consejo General deben enterarse del asunto a tratar con al menos seis horas de anticipación.

El INE confirmó a MILENIO que hasta las 09:30 horas de hoy no han sido notificados de la resolución de la jueza federal Blanca Lobo, quien el pasado viernes concedió una suspensión definitiva al cese del secretario ejecutivo del INE, a pesar de que días antes ella misma, se lo había negado.

El pasado 3 de marzo las y los consejeros aprobaron nombrar como encargado de despacho a Roberto Heycher, con la advertencia del consejero presidente Lorenzo Córdova, que sería “hasta que el orden constitucional y democrático sea restaurado”.

La reforma electoral incluyó un artículo en el que ordenó el cese inmediato del funcionario, lo que “en un nuevo análisis” la jueza consideró que podía ser inconstitucional.

“De un análisis provisional y superficial de la norma reclamada pueden apreciarse a primera vista razones que apuntan a su inconstitucionalidad. Pues la Suprema Corte de Justicia ha sostenido que las leyes privativas están prohibidas por el artículo 13 de la Constitución. Entendiéndose por estas las leyes dirigidas a personas nominalmente designadas, que atienden a criterios subjetivos y que pierden su vigencia después de aplicarse al caso previsto y determinado de antemano”, señaló en su sentencia.

​LP

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