INE aprueba modelo de registro de representantes en casillas para 2021

El INE asegurá que no solo otorga certeza, sino que además indicará la fecha y hora exacta en que se emitió el registro; esto para facilitar el proceso de registro para las elecciones de 2021.

Pleno del Consejo General del INE. (Cuartoscuro)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

La comisión de Capacitación y Organización Electoral del INE aprobó el modelo para la operación del sistema de registro de solicitudes, sustituciones y acreditación de los representantes de los partidos políticos y candidaturas independientes en las mesas directivas de casilla para las elecciones del 6 de junio de 2021.

Este modelo, según el INE, no solo otorga certeza sino que además indicará la fecha y hora exacta en que se emitió el registro y podrá ser consultado a través de internet, lo que en medio de la pandemia de covid-19 ayudará a que no tengan que trasladarse a las sedes distritales.

Los integrantes de la comisión destacaron que el modelo para el registro de representantes generales y de Mesas Directivas de Casilla sea más eficiente, realizar el cruce de información en menos tiempo, descartar duplicidades y tener los nombres disponibles dentro de los tiempos legales.

Detallaron que el sistema corroborará que las personas acreditadas estén debidamente inscritas en la lista nominal del padrón electoral, que no estén duplicados con otros partidos o incluso, que no haya sido contratados por el INE para supervisión o capacitación electoral.

El modelo, aclaró el presidente de la comisión José Roberto Ruiz Saldaña, no excluye la posibilidad de que se requiera adicional algún protocolo específico en procesos que impliquen la aglomeración de personas en medio de la contingencia sanitaria.

El acuerdo establece que los partidos políticos nacionales podrán acreditar a dos representantes propietarios y dos suplentes ante cada Mesa Directiva de Casilla; los partidos políticos locales y candidaturas independientes, podrán acreditar a un representante propietario y un suplente ante cada casilla.

Mientras que los partidos políticos y candidaturas independientes podrán acreditar a un representante general por cada 10 casillas electorales ubicadas en zonas urbanas y uno por cada cinco casillas no urbanas, del distrito electoral uninominal.

dmr

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