El coordinador de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, dijo que si existieran errores en el decreto que precisa los alcances del concepto de propaganda gubernamental, aprobado por el Poder Legislativo y publicado en el Diario Oficial de la Federación, tiene que ser un órgano jurisdiccional el que declare inválida la norma y no el Instituto Nacional Electoral (INE).
Por ello, insistió en que el INE carece de capacidad jurídica para poder declarar inválida una norma aprobada por el Congreso y por mucho que quiera entrometerse en el ámbito legislativo, señaló el líder de la mayoría legislativa, el instituto no puede interpretar ni dejar de aplicar un criterio que la ley sostiene.
En entrevista, Ricardo Monreal recordó que en la Constitución se establecen dos vías para anular o no aplicar una norma o un sistema normativo: cuando se trata de materia electoral, sólo puede hacerlo el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Indicó que cuando se trata de normas de carácter civil o penal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como máximo tribunal, puede declarar inconstitucional una, varias o toda una serie normativa contenida en una ley o en una reforma constitucional.
“La Corte tiene esa facultad y el tribunal tiene la facultad de no aplicar una norma o incluso no observar un criterio cuando él considere que está en contra de lo dispuesto en la Constitución. Pero hasta en tanto no lo declare el Tribunal Electoral, la norma está vigente”, reiteró el senador.
Aclaró que la sentencia de la Sala Especializada del Tribunal Electoral sólo se refiere a procesos locales ordinarios, no concretamente al ejercicio de revocación de mandato ni a la interpretación sobre los alcances del concepto de propaganda gubernamental.