La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral rechazó imponer medidas cautelares al presidente de la Cámara de Diputados, el panista Santiago Creel por actos anticipados de precampaña y campaña al destapar sus aspiraciones presidenciales rumbo al 2024.
El INE acató la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que les ordenó aceptar las quejas en contra del diputado panista por su destape a la presidencia, las entrevistas posteriores en las que habló y la columna de Kenia López Rabadán en la que lo promocionaba.
Las y el consejero atendieron la queja del ciudadano Rodrigo Antonio Pérez Roldán quien denunció la realización de actos anticipados de precampaña y campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, atribuible a Santiago Creel; y promoción personalizada de Kenia López Rabadán a favor de Creel.
El ciudadano acusó una "estrategia indebida para posicionar anticipadamente ante la ciudadanía al referido diputado en el contexto del proceso electoral federal que está por iniciar".
Sin embargo, la comisión declaró improcedente ordenarle a Creel o a los medios de comunicación que eliminaran estas publicaciones, pues no se advirtió la urgencia ya que se trató de un evento del 2022.
Además de que está de por medio el quehacer periodístico de los medios de comunicación amparadas bajo la libertad de expresión.
Sobre el evento, se trata de un hecho consumado, por lo que tampoco se concedió la tutela preventiva para prohibirle asistir a eventos similares en los que hable de sus aspiraciones presidenciales, pues se trata de actos futuros de realización incierta.
El fondo del asunto quedará en manos de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
LG