INE niega a Ricardo Salinas suspender spot de Morena: por su nivel de proyección, debe sujetarse al debate público

Ricardo Salinas es un ciudadano y una persona privada, pero su actividad profesional, trascendencia económica y posicionamientos sobre su interés en la política lo sujetan al debate público; Morena puede seguir transmitiendo spot.

La Comisión de Quejas y Denuncias declaró improcedentes las medidas cautelares. | Especial
Ciudad de México /

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE negó la solicitud de Ricardo Salinas Pliego de suspender el promocional de Morena en el que aparece su imagen, pues al ser una persona con alta proyección que incluso ha expresado su interés de participar en política, debe sujetarse a las reglas del debate público.

El empresario Ricardo Salinas Pliego denunció a Morena por calumnia, por haber incluido una fotografía suya en un avión, en un promocional en el que la presidenta del partido, Luisa María Alcalde, aparece diciendo, “hay quienes ven a México como un botín”.

En los primeros cuatro segundos del promocional, aparece la famosa fotografía del ex presidente Enrique Peña Nieto con los gobernadores priistas de ese periodo, Javier Duarte, detenido y después el empresario Salinas viajando en avión.

Luego, la dirigente de Morena agrega “pero hay otro México, uno mucho más grande. El México que no cabe en el egoísmo, que se reconoce en la calle y en la mesa, en la mano que ayuda y en la voz que defiende. El México que sabe que la dignidad no se vende, que hacer patria es apoyar a los que menos tienen, por eso nació Morena, por eso seguimos aquí, del lado del pueblo y su bienestar, ¿y tú?, ¿de qué lado estás?”.

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¿Cuál es la postura del INE sobre el spot?

Salinas Pliego sostuvo que Morena incurre en “expresiones calumniosas en su contra” cuando es un ciudadano y se le está vinculando con otros políticos incluso presos.

Sin embargo, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral sostuvo que “no se advierte la imputación de un hecho falso” que amerite una medida cautelar como la suspensión de un promocional.

“Tras el análisis preliminar se propone declarar improcedente la medida cautelar solicitada porque bajo la apariencia del buen derecho, el contenido del promocional incluyendo las frases y elementos que lo integran se enmarcan en el ámbito de la opinión política y del debate público, al tratarse de un mensaje crítico emitido por un partido político nacional respecto de temas de interés nacional”, indicó la conclusión.

El consejero Arturo Castillo, presidente de la Comisión de la Quejas y Denuncias, coincidió en que “el spot no imputa un hecho evidentemente falso y en ese sentido no podría proceder una cautelar por calumnia”, sin embargo, consideró que esto no abre la puerta a que cualquier ciudadano pueda ser incluido en promocionales políticos.

“Es importante aclarar que el denunciante es una persona ciudadana, no en principio un actor político que pertenezca a un partido político y esto podría dar la errónea impresión de que se está abierta la puerta a que los spots de los partidos políticos se pueda hacer mención a cualquier ciudadano o ciudadano, esto no es así y es importante aclararlo en el proyecto”.

Castillo señaló que esta decisión se basa en los precedentes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que han declarado que “la inclusión del nombre o imagen de una persona privada con proyección pública, en un promocional pautado por un partido político es una actividad permitida”.

Y una persona privada con proyección pública, es aquella con “incidencia en la sociedad por su actividad política, profesional, trascendencia económica, relación social, así como la relación con algún suceso importante para la sociedad”, lo que caracteriza al empresario.

“Ricardo Salinas Pliego se trata de una persona privada con proyección pública y en este sentido, de sujetarse a las reglas de debate público en materia político-electoral”, concluyó el consejero Castillo.

Declaran improcedentes medidas cautelares 

La consejera Claudia Zavala agregó que, además, la proyección pública de este empresario “también la encontramos porque la propia persona denunciante ha declarado su intención de participar activamente en la política, en cargos de elección popular, de legisladores o del Ejecutivo, es importante que dejemos claro el porqué nos estamos refiriendo a estas dos características de proyección pública”.

Por lo que esta medida no es generalizada para cualquier ciudadano, sino que se ajusta a las características de Ricardo Salinas Pliego, quien por su actividad pública y sus declaraciones políticas, lo enmarcan en este contexto de debate público válido.

En este sentido, la Comisión de Quejas y Denuncias declaró improcedentes las medidas cautelares que solicitó, por lo que el promocional de televisión de Morena podrá seguirse transmitiendo por el tiempo en que lo tengan pautado, sin ninguna modificación.



IOGE 

  • Jannet López Ponce
  • Reportera de Grupo MILENIO desde 2013. Especializada en periodismo político, electoral e inteligencia financiera. Premio Pantalla de Cristal al mejor reportaje con “Revolución feminista en la montaña” y nominación con “Ucrania, la huida”

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